Acto de juramentación de Maduro ante la ANC es nulo

Acto de juramentación de Maduro ante la ANC es nulo

Luego de un evento electoral que no cumplió con garantías que aseguraran un resultado transparente, Nicolás Maduro procedió a prestar juramento el 24 de mayo, ante la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente (ANC) para el período constitucional 2019-2025.

Después de evaluar hasta qué punto podría considerarse jurídicamente válida esta promesa solemne que establece la Constitución para perfeccionar la investidura del candidato presidencial elegido (artículo 231), Acceso a la Justicia concluyó que dicho acto carece de existencia jurídica fundamentalmente por dos razones:

1. De acuerdo con el artículo 231 constitucional, el candidato elegido tomará posesión del cargo de presidente de la República el día 10 de enero del primer año de su período constitucional, no antes. Es más al juramentarse el presidente de la República casi seis meses antes del tiempo previsto en la mencionada cláusula restó legalidad al acto y lo convirtió en nulo de pleno derecho e, incluso, inexistente, lo que lo despoja de cualquier legalidad por incumplir con la Constitución.
2. Al ser la ANC un órgano que nació de forma antidemocrática, sin la convocatoria del pueblo (artículo 347), desconociendo las cláusulas de la supremacía constitucional (artículo 7) y de la soberanía de la voluntad popular (artículos 5 y 347), sus actos son nulos. Asimismo cuando usurpa la autoridad de otros órganos del Poder Público, como ocurrió en el caso de la juramentación de Maduro, que según el artículo 231 de la Constitución es una competencia de la Asamblea Nacional (AN), por lo que su acción también es nula e ineficaz de acuerdo con lo previsto en el artículo 138 del texto fundamental.

Estos eventos ponen en evidencia, en el marco del estado de derecho, la implementación sistemática de un orden jurídico paralelo y fraudulento que se ha ido consolidando en el país, especialmente a partir de la írrita ANC, que ha buscado a través de un conjunto de decisiones, también ilegítimas, destruir los valores y principios republicanos y democráticos expresamente reconocidos por  la vigente Constitución, como es el respeto de los derechos humanos y el pluralismo político (artículo 2), la soberanía popular (artículo 5), el carácter supremo del texto constitucional (artículo 7), así como la separación de funciones de los poderes públicos (artículo 136).

En consecuencia, Acceso a la Justicia considera que el acto de juramentación anticipada, y además realizado ante la ilegítima ANC y no la AN, forma parte de otra de las maniobras del régimen de Maduro para revestir de carácter jurídico a un Gobierno, que ha resultado sumamente cuestionado, especialmente luego de los comicios del 20 de mayo, aunque en realidad demuestra aún más que estamos frente a un régimen que viola las formas constitucionales para obtener cada vez más poder, lo que según Norberto Bobbio y otros expertos en la materia no es más que un golpe de estado. Lo más grave es que ha contado para lograrlo con la complicidad del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y el Consejo Nacional Electoral (CNE), ambos promotores de las elecciones antidemocráticas, cuando en cambio deberían ser, según la Constitución, los órganos del Estado llamados a ser los guardianes del derecho al voto y la soberanía popular.

¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?

La farsa de la juramentación, celebrada en días pasados sólo fomenta más confusión e incertidumbre a la grave crisis que se vive en cada rincón del país y que, sin duda, es parte de las arbitrariedades continuas que la ANC y el Gobierno han llevado a cabo, las cuales desconocen cada vez más el ejercicio libre de la soberanía y, por ende, de los derechos políticos que derivan de ese poder soberano.

En todo caso, los venezolanos no tenemos ni debemos suponer la validez de estos actos, por ser el resultado de decisiones impuestas ajenas a la Constitución.

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