Acuerdo Parcial para la Protección de los Intereses Vitales de la Nación

GACETA OFICIAL

En la Gaceta Oficial n.° 42.738 del 19/10/2023, difundida por el Servicio Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial (SAINGO) a través de su sitio web oficial el 26/10/2023, se publicó el texto del Acuerdo alcanzado en Sesión Ordinaria de fecha 19/10/2023, en la cual se ordenó publicar en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela el texto íntegro del “Acuerdo Parcial para la Protección de los Intereses Vitales de la Nación”, suscrito en fecha 17/10/2023, en la Ciudad de Bridgetown, Barbados, siendo este último del siguiente tenor:

ACUERDO PARCIAL PARA LA PROTECCIÓN DE LOS

INTERESES VITALES DE LA NACIÓN

LAS PARTES, designadas a efectos de este proceso como el “Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela” y la “Plataforma Unitaria de Venezuela”, actuando de conformidad con lo previsto en el Memorando de Entendimiento suscrito el 13 de agosto de 2021 en Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos;

Actuando bajo el amparo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela;

Reivindicando como derechos irrenunciables de la Nación la Independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional;

Recordando el Acuerdo para la ratificación y defensa de la soberanía de Venezuela sobre la Guayana Esequiba, suscrito en Ciudad de México el 6 de septiembre de 2021;

Reconociendo la necesidad de construir una visión de un futuro conjunto de todas las venezolanas y todos los venezolanos;

Con base en lo establecido en el numera 2 de los “Términos Generales” contenidos en el Memorando de Entendimiento antes referido,

ACUERDAN

Primero: Ratificar los derechos históricos, soberanos e inalienables de la República Bolivariana de Venezuela sobre el territorio de la Guayana Esequiba y defender la plena vigencia del Acuerdo de Ginebra de 1966 como el Instrumento jurídico que compromete a las partes de dicho acuerdo a alcanzar un arreglo práctico y mutuamente satisfactorio de la controversia territorial, en apego al Derecho Internacional.

Segundo: Rechazar las acciones unilaterales de la República Cooperativa de Guyana, en contravención del Derecho Internacional, relacionadas con el otorgamiento de concesiones de exploración y explotación energética en áreas marinas y submarinas pendientes de delimitar entre los dos Estados, incluso en áreas que son jurisdicción de Venezuela por ser la proyección natural del territorio continental, lo cual no forma parte de la controversia.

Tercero: Defender los bienes y la propiedad de la empresa Citgo Petroleum Corporation para preservar los intereses vitales y el patrimonio del pueblo venezolano.

Cuarto: Hacer esfuerzos para la preservación de los activos de la República en el exterior, así como para la defensa de la integridad territorial venezolana y la soberanía nacional.

En Bridgetown, a los 17 días del mes de octubre de 2023.

Suscriben el referido Acuerdo:

01.   Por el “Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela”:

–     Jorge Rodríguez Gómez. Jefe de delegación.

–     Nicolás Ernesto Maduro Guerra.

–     Francisco Torrealba.

–     Génesis Garbett.

–     Diva Guzmán.

–     Gabriela Jiménez.

–     Camila Fabri de Saab.

–     Larry Devoe.

–     William Castillo Bollé.

02.   Por la “Plataforma Unitaria de Venezuela”:

–     Gerardo Blyde. Jefe de delegación.

–     Roberto Enríquez.

–     Stalin González.

–     Tomás Guanipa.

–     Mariela Magallanes.

–     Luis Aquiles Moreno.

–     Luis Emilio Rondón.

–     Claudia Nikken.

La Gaceta Oficial mencionada, en la cual se ha publicado el texto del acuerdo aquí referido se puede consultar y descargar por medios electrónicos utilizando el siguiente vínculo:

http://spgoin.imprentanacional.gob.ve/cgi-win/be_alex.cgi?Documento=T028700044110/0&Nombrebd=spgoin&CodAsocDoc=3429&Sesion=946645657  

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