Con el argumento de que el Gobierno nacional viola el derecho a la identidad consagrado en el artículo 56 de la Constitución al impedir que los venezolanos puedan obtener su pasaporte, bien sea uno nuevo o por prórroga, con lo cual se han visto perjudicados en su condición legal quienes emigran por la crisis que vive el país, la Comisión Delegada de la Asamblea Nacional (AN) aprobó el 29 de agosto extender por cinco años la vigencia del documento. Esto aplica en los casos de quienes los tengan vencidos y los próximos a caducar a partir de la aprobación del texto.
Antes, durante y posterior al acto del legislativo, nuestras fronteras han sido noticia por la gran cantidad de venezolanos que las están cruzando, mayormente hacia Colombia para quedarse en ese país o como vía para llegar a otros territorios como Ecuador, Perú y Uruguay. De acuerdo con la Agencia de las Naciones Unidas para los refugiados (ACNUR) y la Organización Internacional de Migraciones (OIM) desde 2014 hasta la fecha alrededor de dos millones y medio de venezolanos han salido como consecuencia de la grave crisis económica y social.
La vicepresidente de la Comisión de Familia de la AN, diputada Karin Salanova, afirmó que unos 700 venezolanos cruzan diariamente la frontera por Brasil. Otras cifras, como las del Programa de las Américas del Centro para Estudios Internacionales y Estratégicos, indican que alrededor de 50 mil personas ingresan a Colombia todos los días siguiendo tres patrones: el primero son quienes llegan al país vecino para comprar comida y medicinas y regresar, el segundo son los que se quedan a probar suerte, y el tercero son los que siguen hacia otras naciones.
La desesperación ante la crisis venezolana es tal que ante la negativa del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime) a entregar los pasaportes e incluso la cédula de identidad, por falta de material o porque quien la tramita tiene el proceso de solicitud de pasaporte abierto pero no se lo entregan impreso, que los connacionales están emigrando por tierra con los documentos de identidad vencidos o sin ellos.
La situación y la mirada indiferente de las autoridades venezolanas prendió las alarmas en los países de la región para socorrer a quienes viajan a pie o en bus, por lo que algunos países suramericanos han tomado medidas individualmente, como es el caso de la visa democrática que otorga Chile, o han realizado pronunciamientos contundentes y adoptado medidas en conjunto. El caso más reciente es el de la declaración de Quito del 4 de septiembre, luego de un encuentro entre los países más afectados por la migración: Colombia, Ecuador y Perú, además de Argentina, Brasil, Costa Rica, México, Panamá, Paraguay y Uruguay, para firmar un acuerdo de protección de los derechos de los migrantes. Parte del texto contempla que las naciones firmantes, según su legislación interna, reciban a quienes llegan a su país con documentos vencidos (cédula, pasaporte y/o actas de nacimiento, entre otros).
De tal modo, frente a un Estado ausente e indolente ante el sufrimiento de sus ciudadanos, la AN y la comunidad internacional son quienes intentan dar respuesta al grave problema de la migración masiva de venezolanos, no sin dejar de reclamar al Gobierno de Nicolás Maduro que cumpla con sus obligaciones.
Parlamento sin competencia
Pero ante la iniciativa del Poder Legislativo, fundamentada en una realidad que cada vez empeora, cabe preguntarse: ¿es competente la AN para prorrogar pasaportes, tomando en cuenta que no está reformando la legislación vigente o elaborando una nueva ley, lo que es su verdadera atribución en esta materia, sino que sólo se trata de un acuerdo que suple lo que debe hacer el Ejecutivo? La respuesta es no.
Para Acceso a la Justicia es importante la posición asumida por la AN, porque pretende hacer cumplir y respetar la vigencia del texto constitucional tras las constantes omisiones y reticencias del Ejecutivo en ejercer sus funciones en relación con la emisión o elaboración del pasaporte, instrumento primario para entrar y salir del país. Esta mala práctica administrativa es censurable por violar derechos fundamentales, no sólo el de identidad sino también el de la libertad de circulación y movimiento de los venezolanos (artículo 50 constitucional) que han decidido atravesar las fronteras, incluso caminando. Pero también consideramos relevante determinar si el órgano parlamentario cuenta con el piso legal que permita sostener el acto acordado de prorrogar los pasaportes vencidos dentro y fuera del país.
Es así como de una revisión general del entramado jurídico se encuentra el Decreto con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica de Identificación (Gaceta Oficial Extraordinaria n.° 6.155 del 19 de noviembre de 2014), instrumento dictado por el presidente de la República en virtud de la habilitación hecha por la AN en el año 2013, y que como lo señala su artículo 1 tiene el objetivo de regular y garantizar la identificación de todos los venezolanos en el territorio y fuera de él.
Precisamente en este texto normativo se contempla que el pasaporte es el “documento de viaje expedido por el Estado a través del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de identificación, mediante el cual se identifican los venezolanos y venezolanas en el extranjero” (artículo 26). De ahí que es el Poder Ejecutivo la instancia que expresamente tiene atribuida la competencia administrativa para elaborar y expedir el pasaporte como el documento de identificación que tienen las personas fuera de nuestras fronteras.
A juicio de Acceso a la Justicia es importante entender que en virtud del principio de legalidad, pilar fundamental de la Constitución e instrumento de protección de los derechos humanos, se les impone a los órganos del Estado la obligación de tomar decisiones en la medida en que el ordenamiento jurídico lo prevea y dentro de los parámetros señalados por este (artículo 137), es decir, que toda actuación estatal tiene que estar sustentada en una norma previa atributiva de competencias.
De lo anterior se deriva que la AN, si bien tiene asignada la función de dictar leyes, entre otras, sobre la cuestión relativa a los servicios de identificación (artículo 156, numeral 5 de la Constitución), carece de facultad –constitucional y legal– para ejecutar medidas que son exclusivas del Ejecutivo nacional, como prorrogar la vigencia de los pasaportes, dado que el instrumento normativo antes señalado (artículo 26) atribuye expresamente esta función administrativa al Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de identificación, entiéndase, el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, a través del Saime.
Por lo tanto, resulta muy difícil aceptar la legalidad del acuerdo de la AN, sobre todo cuando esta decisión deriva en un quebrantamiento del principio de separación de poderes (artículo 136 de la Constitución) y del principio de legalidad (artículo 137 de la Constitución), pese a lo digna y humanitaria que resulta ser la medida ante el flagrante quebrantamiento del derecho a la identidad por parte del régimen dictatorial de Maduro.
¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?
En Venezuela el Ejecutivo nacional concentra todo el poder pero no resuelve los problemas del día a día y responsabiliza a factores externos, con lo cual la crisis se profundiza y agrava, de allí, en buena medida, la causa del éxodo. Por ello es lógico que ante la problemática del pasaporte unida a la migración sin tener documentación adecuada, la AN haya tratado de buscar una solución, así como la comunidad internacional.
Sin embargo, es importante que los órganos que tratan de resolver problemas busquen soluciones legítimas y/o válidas jurídicamente, para generar confianza y seguridad en la ciudadanía, lo que no hizo la AN al prorrogar los pasaportes sin tener la competencia para ello.
Por otro lado, es importante que los ciudadanos no dejen de documentar y denunciar las violaciones de derechos por parte del Ejecutivo, en este caso con el derecho a la identidad y a la libre circulación, ni de reclamarlos por vías ajustadas a la Carta Magna, porque es lo único que garantizará respuestas y justicia.