Audiencia ante la CIDH por ausencia de acceso a la justicia en Venezuela

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Este 22 de marzo, ocho organizaciones de la sociedad civil presentaron en la 161° audiencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en Washington (Estados Unidos) un informe para denunciar la denegación de justicia y violación de los derechos humanos en Venezuela.

En este evento participó Acceso a la Justicia en la voz del abogado Alí Daniels, el Centro de Justicia y Paz (Cepaz), Transparencia Venezuela, Sinergía, Espacio Público, Civilis, Programa Venezolano de Educación – Acción en Derechos Humanos (Provea) y el Instituto de Prensa y Sociedad (Ipys).

Por otra parte, como representante del Estado en la CIDH estuvo el consultor jurídico del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Romer Pacheco, así como Larry Devoe, secretario ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos.

¿Qué denunciaron las ONG?

Mercedes de Freitas, directora de Transparencia Venezuela, tuvo primero​ la palabra y explicó cómo mediante distintas sentencias, el TSJ ha ido ​quitándole paulatinamente competencias a la Asamblea Nacional, al mismo tiempo que afectando los derechos de los venezolanos​.

Luego, el representante de Acceso a la Justicia, Alí​ Daniels, expuso cómo funciona la administración de justicia en Venezuela. Al respecto dijo: “Se ha construido una categoría general de esta idea que podemos calificar como ‘derecho del enemigo’ en virtud del cual el Estado se comporta de una manera dual: cuando se trata de solicitudes afines a los intereses del Poder Ejecutivo se actúa prestamente y se complace la solicitud, mientras que cuando ciudadanos comunes u otros actores sociales realizan demandas ante los tribunales, no se cumplen con los lapsos legales”.

Mencionó que, pese a que el proceso de nombramiento de Magistrados se encuentra reglamentado por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), actualmente hay 21 de estos máximos jueces que no cumplen con los requisitos constitucionales ni legales y además, están los llamados “magistrados exprés” (nombrados luego de que la oposición ganó la mayoría parlamentaria), en que 10 de los 13 nombrados no cumplen con los requisitos para ser magistrado.

​El representante de la ONG Acceso a la Justicia ​ “pone en evidencia que lo que predomina para su designación es la lealtad a la ideología política del partido de gobierno”, de hecho, el presidente Nicolás Maduro durante la apertura del año judicial dijo tener “un sentimiento muy grande de gratitud por la lealtad, magistradas, magistrados”.

El abogado administrativista Daniels indicó que al menos 73% de los jueces son provisorios, por lo que estos pueden ser destituidos por un simple oficio sin motivación ni procedimiento alguno. Señaló que el anuncio de regularización de la provisionalidad de los jueces es sólo un disfraz porque sólo los que actualmente se encuentran en el cargo son los que podrán participar en los concursos de oposición.

Daniels aseguró que existe además una merma de la efectividad judicial: “tenemos que el TSJ en cuanto al número de casos ingresados, aumenta considerablemente hasta 2005, en que llega a su máximo con un total de 11.835, pero a partir de 2006 empieza a decaer y pasa a 5.821 en el 2015, llegando a recibir menos expedientes que en 2001”.

Mencionó como otro indicador vinculado al derecho de acceso a la justicia es el enorme incremento de los linchamientos y las protestas públicas, según cifras del Observatorio Venezolano de Violencia y el Observatorio Venezolano de Conflictividad Social, respectivamente.

​Por su parte, la ONG Espacio Público en el informe presentado ante la CIDH aseveró que el derecho de acceso a la información es negado en el país. Más de 23 solicitudes fueron rechazadas en 2016.​

Beatriz Borges, representante de Cepaz, indicó que su organización pudo determinar que existen ocho patrones de persecución política, y en seis de ellos incurre el Poder Judicial. Entre estos se encuentran la destitución de cargos públicos y aquiescencia de actos violentos.
“Solicitamos a la CIDH que considere como prioridad elaborar un informe que declare la vulneración de las garantías judiciales y la denegación de justicia de los magistrados. Solicitamos que la CIDH visite a Venezuela y pedimos medidas de protección para los activistas de derechos humanos”, cerró Borges.

¿Qué respondió el Estado?

El consultor jurídico del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Romer Pacheco, inició su intervención asegurando que en Venezuela el Poder Judicial es autónomo e independiente, dado que en 1999 la CRBV había creado un procedimiento especial para la designación de los magistrados en que participa el poder judicial y el poder ciudadano. Omitió explicar que la sociedad civil debe participar y esto no se ha cumplido.

Pacheco explicó que no es cierto que el Ejecutivo resulte vencedor en el 100% de los casos que interpone ante el TSJ, pues en la Sala Político Administrativo “el gobierno del Estado venezolano” ha perdido 840 juicios, en la Sala de Casación Social de los 4.812 juicios ha ganado 2.308 y tuvo 1.114 casos perdidos. Luego mencionó que en la Sala Constitucional, en cinco años, el Estado había perdido solo 49 juicios. No hizo referencia a la Sala Electoral, que es otra en que se tratan asuntos del Estado.

Con respecto al tema del desacato de la Asamblea Nacional, el consultor jurídico aclaró que esta situación se debe a la no desincorporación de los diputados y que en ese sentido el Poder Judicial ha debido emitir más sentencias porque “en un Estado democrático no se puede concebir un poder público que haya decidido no acatar al Poder Judicial, sin un fundamento lógico y constitucional”, alegó. No dijo que la Asamblea Nacional incorporó a los diputados este año y aun así sigue en desacato.

El consultor jurídico del TSJ justificó la celeridad de las respuestas del TSJ al Presidente en que existen unos lapsos “excepcionales por “normativa” y además, ​explicó que es importante para “garantizar la seguridad nacional y soberanía”.

Pacheco reconoció que no se ha permitido al acceso a la información pública solicitada por las ONG porque para que los organismos del Estado admitan una solicitud de información, esta debe indicar para qué se quiere usar la misma.

Debe aclararse que la Constitución no establece esta limitación, es más garantiza el derecho de acceder a la información que sea de carácter público.

​En relación a las amenazas y ataques a los defensores de derechos humanos dijo que: ​ “en Venezuela el Poder Judicial se abstiene de utilizar los mecanismos de justicia punitiva para intimidar a las personas en virtud de su opinión política o profesión, adoptando los mecanismos necesarios para la protección de los derechos judiciales y humanos de todas las personas”.

El representante del Estado agregó que las leyes venezolanas no permiten que el Poder Legislativo sea quien remueva a los magistrados en una acción “solitaria”, pues en la CRBV se incluye que este proceso pasa también por el Poder Moral; y expuso el mismo argumento para la acción contralora sobre los funcionarios de Pdvsa, indicando que el TSJ no le  negó esta potestad a la Asamblea Nacional ​sino que le indicó que debía articular con la Vicepresidencia de la República para poder recibir esa información​.

También indicó que el TSJ declaró constitucional la ley del bono de alimentación para los pensionados y jubilados, aunque omitió decir que no se ha cumplido ni puesto en vigencia.

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