CNE complica requisitos y credenciales para testigos electorales poco antes del 28J

CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE)

Cuando faltaba poco más de un mes para las elecciones presidenciales previstas para este 28 de julio, el Consejo Nacional Electoral (CNE) endureció las condiciones para que los propios venezolanos puedan monitorear el proceso comicial, al establecer un nuevo requisito para fungir como testigo electoral.

Para la votación en la que se escogerá al presidente de la República hasta 2030, los testigos de mesa no solo deberán ser electores, saber leer y escribir, no ser funcionarios del CNE o agentes de actualización del Registro Electoral, sino que además «deberán estar inscritos en el centro de votación en el cual se halle localizada la mesa electoral correspondiente».

Así lo establece el artículo 7 de las Normas especiales y procedimiento para extender las credenciales a los testigos electorales de las organizaciones con fines políticos que el organismo rector del Poder Electoral dictó el pasado 20 de junio y que fueron publicadas en la Gaceta Electoral n.º 1.060 del mismo día.

La exigencia de que el testigo esté registrado para votar en el mismo centro que pretende monitorear no está prevista en la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), que solo reconoce el derecho de los partidos y comunidades indígenas a tener personas observando los comicios; ni tampoco en el reglamento general de dicho instrumento.

Este último instrumento, en su artículo 447, establece claramente que

«para ser testigo se requiere ser electora o elector, saber leer y escribir y no ser funcionaria o funcionario del CNE, ni Agente de Inscripción o Actualización de datos del Registro Electoral. Las o los testigos sufragarán en el Centro de Votación y en la Mesa Electoral en la cual le corresponda votar, de acuerdo a la información señalada en el Registro Electoral».

En pocas palabras, el árbitro impuso un nuevo requisito a través de un acto jurídico de menor jerarquía que una ley, lo cual, a la luz de los principios básicos del derecho, no es posible.

Si lo anterior no fuera suficiente, no se puede olvidar que la nueva normativa del CNE implica una restricción al ejercicio de derechos fundamentales como la participación en los asuntos públicos y al sufragio (artículos 62 y 63 constitucionales, respectivamente). No obstante, el órgano comicial no está facultado para adoptar semejante medidas, sino que esta es una tarea exclusiva de la Asamblea Nacional (AN), mediante la aprobación de una ley, y siempre que ello no viole la Constitución y los tratados de derechos humanos vigentes en la materia.

Otra violación más

Con esta normativa sobre los testigos, el CNE da una nueva vuelta de tuerca para complicar la contraloría social y la veeduría sobre los procesos comiciales. No se puede olvidar que en las elecciones regionales y municipales celebradas en 2021 el ente comicial ya había limitado las acreditaciones de testigos a los electores inscritos para votar en el mismo municipio donde se encontraba el centro o la mesa. Este requisito tampoco está previsto en la ley ni en el reglamento electoral.

Lo más grave de este último cambio es que se produjo a poco más de un mes de la celebración de los comicios, lo que contradice claramente lo señalado en el artículo 298 de la Constitución.

«La ley que regule los procesos electorales no podrá modificarse en forma alguna en el lapso comprendido entre el día de la elección y los seis meses inmediatamente anteriores a la misma», establece la norma antes mencionada.

Nuevos problemas informáticos

La reciente normativa del CNE estipula que los partidos deben acreditar a sus testigos ante el CNE mediante un sistema automatizado (artículo 2). Sin embargo, el martes 23 de julio voceros de la Plataforma Unitaria Democrática denunciaron que estaban teniendo «problemas técnicos» para poder cumplir con este trámite.

Esto declaró al respecto Delsa Solórzano, responsable de los testigos por parte de la alianza opositora:

«No hemos podido culminar la acreditación de testigos debido a inconvenientes constantes en el sistema (…) A esta hora, 9:34 del 23 de julio hoy martes, no se ha podido avanzar en la acreditación masiva de testigos por un sistema que pareciera estar diseñado para ralentizar el proceso».

La oposición asegura haber registrado 90.000 personas para que observen el desarrollo de las votaciones en el 98 % de las mesas electorales del país.

Por su parte, el también representante del comando Con Venezuela, Perkins Rocha, denunció que el sistema viene emitiendo las acreditaciones en lotes de 30 y de manera desordenada, sin precisar si los acreditados son testigos principales o suplentes. «Una situación que hace imposible su ubicación», alertó.

Al momento de escribir esta nota, las autoridades electorales no se habían referido públicamente a las denuncias de los representantes de la oposición ni tampoco habían aceptado sus peticiones de sostener una reunión para abordar a la brevedad las fallas.

Los problemas técnicos que se vienen registrando recuerdan a los que meses antes impidieron que la Plataforma Unitaria pudiera inscribir a la profesora Corina Yoris como su abanderada presidencial en lugar de la ganadora de las primarias del pasado 22 de octubre, María Corina Machado. Esto luego de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que ratificó la cuestionada inhabilitación que la Contraloría General de la República le impuso a la exdiputada el año pasado.

No obstante, los obstáculos sobrevenidos para la acreditación de los testigos de la oposición parecieran haberse superado cuando, durante la tarde del 24 de julio, el candidato a la presidencia por la Plataforma Unitaria, a través de la red social X, informó sobre la obtención de «las credenciales de todos los testigos que estarán en las 30.026 mesas electorales de todo el país».

Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?

El papel de los testigos de mesa es fundamental, pues son clave para garantizar la fiabilidad de los resultados; ellos pueden transmitir a sus respectivos comandos las actas con los escrutinios de los distintos centros de votación y con esto se puede contrastar que los datos ofrecidos por el CNE sean correctos. Esta figura también puede contribuir a mitigar el ventajismo político al que con tanta frecuencia recurre el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).

Asimismo, los testigos velan para que el desarrollo del proceso, desde el momento de la instalación de la mesa hasta la etapa de escrutinio, se ciña a lo previsto en la legislación. Además, son los vigilantes de la transparencia, pues pueden denunciar las irregularidades o cualquier ilícito electoral que pueda producirse en la mesa electoral a la cual están acreditados.

Los abruptos cambios aprobados por el CNE en relación con los testigos representan otro golpe a un sistema cuestionado y lejos de generar confianza en el rol del árbitro electoral la disminuye cuando en cambio se requiere su máxima imparcialidad, independencia y transparencia.

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