Constitucionalidad de la trigésima extensión del decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica

EXCEPTIO NON ADIMPLETI CONTRACTUS

Sala: Constitucional

Tipo de recurso: Constitucionalidad de ley

Materia: Derecho Constitucional

N° de Expediente: 21-0001

N° de Sentencia: 0001

Ponente: Juan José Mendoza Jover

Fecha: 8 de enero de 2021

Caso: Nicolás Maduro solicita la revisión de constitucionalidad del Decreto número  4.396, del 26 de diciembre de 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 6.606 Extraordinario de la misma fecha, mediante el cual se declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional, dadas las circunstancias extraordinarias en el ámbito social, económico y político, que afectan el orden constitucional, la paz social, la seguridad de la Nación, las instituciones públicas y a las ciudadanas y los ciudadanos habitantes de la República Bolivariana de Venezuela

Decisión: PRIMERO: Que es COMPETENTE para revisar la constitucionalidad del Decreto número 4.396, del 26 de diciembre de 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 6.606 Extraordinario de la misma fecha, mediante el cual se declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional, dadas las circunstancias extraordinarias en el ámbito social, económico y político, que afectan el orden constitucional, la paz social, la seguridad de la Nación, las instituciones públicas y a las ciudadanas y los ciudadanos habitantes de la República Bolivariana de Venezuela, a fin de que el Ejecutivo Nacional adopte las medidas urgentes, efectivas, excepcionales y necesarias, para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros productos esenciales para la vida, visto que subsiste la situación excepcional, extraordinaria y coyuntural por la cual atraviesa la economía venezolana; a fin de que el Poder Ejecutivo pueda seguir brindando protección a las venezolanas y los venezolanos contra la guerra económica. SEGUNDO: La CONSTITUCIONALIDAD del Decreto número 4.396, del 26 de diciembre de 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 6.606 Extraordinario de la misma fecha, mediante el cual se declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional. TERCERO: Se REITERA que las sentencias de la Sala Constitucional tienen carácter vinculante y efectos erga omnes, inclusive para todos los órganos del Poder Público Nacional. CUARTO: Se ORDENA la PUBLICACIÓN de la presente decisión en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web de este Tribunal Supremo de Justicia, cuyo sumario deberá señalar: “Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que declara la constitucionalidad del Decreto número 4.396, del 26 de diciembre de 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 6.606 Extraordinario de la misma fecha, mediante el cual se declaró el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional, dadas las circunstancias extraordinarias en el ámbito social, económico y político, que afectan el orden constitucional, la paz social, la seguridad de la Nación, las instituciones públicas y a las ciudadanas y los ciudadanos habitantes de la República Bolivariana de Venezuela, a fin de que el Ejecutivo Nacional adopte las medidas urgentes, efectivas, excepcionales y necesarias, para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros productos esenciales para la vida, visto que subsiste la situación excepcional, extraordinaria y coyuntural por la cual atraviesa la economía venezolana; a fin de que el Ejecutivo Nacional adopte las medidas urgentes, efectivas, excepcionales y necesarias, para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros productos esenciales para la vida”.

Extracto:La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, desarrolla varios extremos fundamentales de estos estados de excepción y determina los controles a los cuales deben sujetarse los decretos mediante los cuales se declaran tales circunstancias extraordinarias (artículos 236, numeral 7, 337, 338 y 339).

Por otra parte, el desarrollo legislativo de esta figura jurídica extraordinaria de orden constitucional, está regulado como antes se apuntó en la Ley Orgánica Sobre Estados de Excepción, los cuales han sido definidos como circunstancias extraordinarias dotadas de la característica de la irresistibilidad de los fenómenos y la lesividad de sus efectos, que se plantean en un régimen constitucional, afectando o amenazando con hacerlo a sus instituciones fundamentales, impidiendo el normal desarrollo de la vida ciudadana y alterando la organización y funcionamiento de los poderes.

En tal sentido, se ha dicho que los estados de excepción son circunstancias de variada índole, que pueden afectar la seguridad de la Nación, de las instituciones o de los ciudadanos, para cuya atención no serían totalmente suficientes ni adecuadas a los fines del restablecimiento de la normalidad, las facultades de que dispone ordinariamente el Poder Público y ante las cuales el ciudadano Presidente de la República en Consejo de Ministros, está investido de potestades plenas para declarar tal estado, prorrogarlo o aumentar el número de garantías constitucionales restringidas con miras a proteger el bien común, y disponer de tales medidas en los términos que contemple en el Decreto respectivo, en el marco constitucional, para garantizar la seguridad y defensa de la República, y de su soberanía en todos sus atributos y aspectos; en fin, para proteger el propio orden constitucional.

En este orden de ideas, debe indicarse que tanto los estados de excepción como sus prórrogas solamente pueden declararse ante situaciones objetivas de suma gravedad que hagan insuficientes los medios ordinarios de que dispone el Estado para afrontarlos. De allí que uno de los extremos que han de ponderarse se refiere a la proporcionalidad de las medidas decretadas respecto de la ratio o las situaciones de hecho acontecidas.

 Referente a lo anterior, esta Sala Constitucional estima oportuno destacar los hechos noticiosos sobre la situación económica, social y política actual, así como el panorama geopolítico, para lo cual en atención a la notoriedad comunicacional, entre otras tantas, reseña a título enunciativo las siguientes:

1.- Economías de Latinoamérica más afectadas por el covid-19

By Jean Carlos Altuna

5 enero, 2021

He de mencionar que el 2020 ha de ser uno de los peores años en la historia de la humanidad, aparte de las pérdidas humanas, en el ámbito económico ha sido sumamente terrible, tanto así, que este año registra la mayor conmoción de la economía mundial desde 1946.

Para nuestra querida América Latina y el Caribe (LAC), es aún peor, ya que está sufriendo la mayor caída de su PIB (producto interno bruto) en más de un siglo, según lo ha señalado la CEPAL (Comisión Económica para América Latina y el Caribe).

Si comparamos indicadores como: sanitario, económico, social y desigualdad, la región LAC es la que más castigada del mundo emergente. Los países latinoamericanos en su totalidad ya contaban con unas tasas bajas de crecimiento económico que promediaban 0.3% entre 2014 y 2019, que apenas habían logrado un 0.1% en 2019, lo que les colocaba en una situación muy difícil cuando surgió el Covid-19.

A raíz de la misma pandemia, esta emergencia sanitaria se ha materializado en la peor crisis económica, social y productiva que ha vivido la región en los últimos 120 años. Por esto les presento, cuáles son las 6 economías de América Latina más han sido afectadas en este 2020.

1.      Venezuela quien encabeza esta lista cerrando el año con un -30%. Cabe destacar que este retroceso no es atribuido totalmente a la pandemia únicamente, pero si guarda relación con los demás problemas por los cuales la economía venezolana registró este año su séptimo consecutivo de contracción económica. De todas las proyecciones de economía rebote que se pronostica para el siguiente año 2021, el cual se estima en un 3.7%, Venezuela sería el único país de la región que no crecería, aunque si se pudiera observar una ralentización de su caída económica con una retención esperada del PIB de un 7% aproximado.

2.      Perú continua con un -12.9%. A diferencia de su predecesor en la lista, Perú llega al 2020 con un historial de una década ininterrumpida de crecimiento económico. Cerrarían este año con un aproximado de un -12.9%, lo cual lo convierte en uno de los países más afectados del mundo por la pandemia. Dicho porcentaje ha sido provocado por la fuerte paralización de la producción causada por el confinamiento estricto que se ha extendido por varios meses.

3.      Panamá, -11%. Durante 9 años encontramos que este país registra un crecimiento económico constante de 6.2% anual, sin embargo, esta contracción del PIB se debe a las medidas implementadas en el país para enfrentar el Covid-19, ya que el valor de las exportaciones del país se redujo en un 23.7%, lo cual sabemos a ciencia cierta que es uno de los sectores económicos más importantes de Panamá.

4.      Argentina con un -10.5%, ya que al igual que Venezuela es una de las economías de la región que venían registrando retrocesos pre Covid-19. Se registra 2020 como el tercer año consecutivo de retroceso económico, debido a que, además de los demás problemas internos, la pandemia repercutió negativamente en el consumo privado, la inversión y las exportaciones. De igual manera, la pandemia ha agudizado los desequilibrios macroeconómicos estructurales, como antes mencione sobre los problemas internos, particularmente en los ámbitos de fisco, monetario y cambiario.

5.      México continúa con un -9%. Economía que venía de una contracción de un 0.1% en 2019, pero este año su retroceso se ve afectado con este 9% aproximado, sin duda alguna, la mayor contracción económica del país desde 1932. Esto se debe a la destacada caída de los ingresos petroleros de un 42.9% entre los meses de enero y octubre, contando también con una disminución del 11.2% de las exportaciones no petroleras destinadas a Estados Unidos y de un 12% al resto del mundo, es decir, un retroceso de un 23.2%.

6.      Ecuador, -9. En el escenario del Ecuador, la CEPAL considera que la pandemia llegó a agravar una tendencia económica negativa que ya se tenía como precedente. Se reportan caídas en las exportaciones petroleras entre los 3 primeros trimestres del año (Enero-Septiembre) de un 44% en términos interanuales. Afectan también los retrocesos de las inversiones reales y la disminución del consumo, como las medidas de confinamiento.

El mundo está experimentando cambios jamás antes vistos, al igual la espera de resultados prometedores con la aplicación de vacunas contra este virus. Hay que tomar en cuenta el tiempo que nos llevaría los en acoplarnos a la normalidad, pero, aun así, ver con precisión el periodo que tomaríamos regresar de estas contracciones económicas.

Consultada en:

https://api.whatsapp.com/send?text=Economías+de+Latinoamérica+más+afectadas+por+el+covid-19%0Ahttps%3A%2F%2Fwww.eldinero.com.do%2F133040%2Feconomias-de-latinoamerica-mas-afectadas-por-el-covid-19%2F

2.- El mandatario analizó los principales acontecimientos de su país en el año recién concluido, y las proyecciones para el que inicia.

El Presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, ofreció una entrevista exclusiva al periodista Ignacio Ramonet, en la que versó sobre temas de importancia para su país, la región y el planeta.

El mandatario ofreció sus criterios sobre nueve preguntas formuladas por Ramonet: tres de ellas relacionadas con política interior, otras tres con la economía y las últimas tres preguntas sobre la política internacional. A continuación, teleSUR le ofrece la transcripción íntegra del intercambio entre el jefe de Estado bolivariano y el periodista Ignacio Ramonet.

Ignacio Ramonet (IR): Quisiera empezar por la política interior. Este año que acaba de terminar se ha caracterizado a nivel internacional por la pandemia. Es el año de la pandemia: 2020. Quedará en la historia como el año de la pandemia y el balance a nivel internacional es terrorífico en términos de contagios, en términos de víctimas. Sin embargo, Venezuela, a pesar del bloqueo, a pesar de las dificultades, presenta unas cifras que son muy alentadoras, muy positivas. Yo quería que usted nos explicara cómo Venezuela, en medio de tantas dificultades, ha conseguido esas cifras. Y, por otra parte, si existe un modelo venezolano del tratamiento de la Covid-19 del enfrentamiento a la Covid-19.

Nicolás Maduro (NM): Bueno, primero te agradezco esta oportunidad, esta ventana que nos abres para comunicarnos con mucha gente honesta del mundo: en Estados Unidos, en Europa, en América Latina, en el Caribe, en África. Estas entrevistas, las cuales se han hecho ya, parte de la tradición para ser publicadas el primero de enero y arrancar el año 2021, que ya se acerca. Bueno, efectivamente, sobre el tratamiento del coronavirus, hemos hecho un gran esfuerzo.

Y yo te podría decir [sobre] si existe un modelo venezolano. ¡Existe un modelo venezolano! Humildemente lo digo, [y existe] porque existe un sistema público de salud gratuito y de calidad construido en Revolución, el cual, a pesar de las sanciones criminales, la persecución que nos impide comprar equipos médicos en el mundo, que nos impide comprar, de manera natural, las medicinas que necesita el país.

Nosotros hemos logrado mantener, acrecentar, perfeccionar el sistema público de salud, fundado por el comandante Chávez como la “Misión Barrio Adentro”; así se llamó: “Misión Barrio Adentro”, que fue el paso para construir el sistema primario de medicina familiar con más de 14.000 ambulatorios, con el médico de familia. Para ello contamos con el apoyo de Fidel, de Cuba: miles de médicos y médicas de Cuba que desde hace dieciséis años en varias rotaciones hemos tenido de personal sanitario de Cuba. Nosotros hemos formado también miles de médicos, médicas, enfermeros.

Para enfrentar la Covid-19, recuerdo artículos de The Miami Herald, del diario El País, de España, de ABC, de España, de The New York Times, donde pronosticaban, como siempre con Venezuela estos diarios, pronosticaban el colapso de la sociedad venezolana, el colapso del sistema de salud venezolano. Daban números verdaderamente aterradores, trágicos.

Esa guerra psicológica hace efecto porque uno lee esos números, dice “Dios mío qué va a pasar en marzo”, dijimos, con una pandemia. Activamos todos los mecanismos de la medicina preventiva, activamos 16.000 brigadas médicas que aún están activas para ir a buscar los casos con las pruebas de PCR, las pruebas rápidas y a buscar en los barrios, en las comunidades.

Decidimos ponerles tratamiento integral a todos los pacientes de Covid-19, a todos y lograr la hospitalización en el sistema público de salud y un porcentaje pequeño el sistema privado, con el cual hemos coordinado de manera perfecta con las clínicas privadas. Darle tratamiento y hospitalización al 100 por ciento de los casos.

Hoy te puedo decir que el 95 por ciento de los casos que hemos tenido (más de 100.000 casos de contagio en Venezuela) han sido detectados a tiempo y han tenido tratamiento médico hospitalario y han tenido todas sus medicinas.

Nosotros hicimos un formato de las mejores medicinas nacionales y mundiales y efectivamente le dimos tratamiento integral garantizado a todos los pacientes, a los asintomáticos, a los sintomáticos leves, a los sintomáticos moderados, como es natural, a los sintomático graves y en sus distintas modalidades.

Además, la ciencia venezolana ha logrado crear dos medicinas, una llamada DR-10 y otra que yo llamo “las gotas milagrosas de José Gregorio Hernández”, que son dos fórmulas que han permitido, bueno, atacar el coronavirus y la neutralización del 100 por ciento del coronavirus. Estas son pequeñas cosas. Todo esto nosotros lo estamos certificando con la Organización Panamericana de la Salud (OPS), con la Organización Mundial de la Salud (OMS) y, muy pronto ya el país va a entrar en la fase de producción masiva para consumo nacional de estas dos medicinas, verdaderamente alentadoras.

Cuando hablamos de modelo venezolano tenemos que hablar de lo que nosotros creamos después de las largas cuarentenas voluntarias conscientes que tuvimos durante los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio.

Luego fuimos ensayando un método que es nuestro método, que es el “7 más 7”: siete días de cuarentena radical, profunda, voluntaria siempre; y siete días de flexibilización económica, lo cual nos ha permitido combinar la flexibilización, la actividad económica, la recuperación económica necesaria, con la cuarentena para acortar los ciclos de contagio. Así que hemos venido construyendo nuestro método.

¿De dónde lo sacamos, Ramonet? Del estudio de las experiencias en el mundo. Del estudio, las experiencias positivas, como ha habido en China, en Vietnam, en Cuba, en Nicaragua, en Nueva Zelanda, en una etapa en Corea del Sur. De las experiencias y del estudio de las experiencias nefastas como la de Estados Unidos, la de Brasil, la de Colombia, que han llenado de coronavirus, enfermedad y de muerte a esos países hermanos.

Así que hemos logrado un punto de equilibrio entre lo que la necesaria cuarentena, los necesarios cuidados, la necesaria disciplina con la flexibilización.

(…) Omisis (…)

IR: Señor presidente, durante el año 2020 también ha habido muchos ataques: han continuado ataques armados contra Venezuela, muchos sabotajes, en particular contra la industria eléctrica, la industria petrolera. En particular también hubo la operación Gedeón, esta operación de mercenarios con intención a la vez de asesinarlo a usted y de tratar de atacar a la Revolución. Pero todos esos ataques han sido derrotados y todo esto también ha demostrado la solidez de la unión-cívico militar. Esta unión cívico-militar ha demostrado ser como este, una solidez extraordinaria que sorprende a una parte de la opinión pública internacional hasta los propios amigos de Venezuela. Yo quisiera, señor presidente, que usted nos explicara cómo usted explica esa solidez de la unión cívico-militar y si, por otra parte, sigue habiendo amenazas contra la revolución o contra su persona.

NM: Nosotros trabajamos mucho; en primer lugar, trabajamos con la palabra, con el ejemplo, con acciones de gobierno permanente: trabajamos lo ideológico, trabajamos lo político, los valores en toda la sociedad. Venezuela ha demostrado en este año 2020 otra vez una gran fortaleza de sus nuevas instituciones, del concepto constitucional y de los valores constitucionales.

Ha demostrado una gran fortaleza de la conciencia de la unión cívico-militar-policial la cual está sometida a un ataque de una guerra permanente.

Nadie debe quedarle duda que el imperio norteamericano como imperio decidió reconquistar, colonizar a Venezuela, destruir nuestra Revolución, destruir nuestras instituciones. Hemos tenido una versión extremista de la política imperial contra Venezuela. Cuatro años de Trump, ¡ya se fue Trump!, extremismo total. Tump autorizó varias veces —eso se va a saber en su momento Ramonet— el asesinato, amigo. Tump le agarró el gusto a la sangre, a la muerte. El asesinato de Soleimani y otros más.

Y en varias oportunidades autorizó planes coordinados con Iván Duque, de Colombia para asesinarme. Esos planes están vigentes hoy. Nosotros de vez en cuando vamos descubriendo elementos y tomando medidas para la protección no solo de mi vida, de la vida de mi familia, de la vida, del alto mando político militar, de la vida del liderazgo del país, de la vida de las instituciones.

Recientemente acabamos de desmantelar un plan que se urdió en Ríohacha, territorio colombiano, del Atlántico colombiano, donde el 21 de diciembre se dio una reunión dirigida por tres funcionarios de la inteligencia colombiana, estrechamente ligados a Álvaro Uribe Vélez, enviados por Iván Duque para hacer un plan para atacarnos la hidroeléctrica del Guri; para atacarnos la refinería para tratar de explotarla.

Destruir la sede de la Asamblea Nacional. El plan se llamó “Boicot a la Asamblea Nacional”. Estamos desmantelándolo ahora con pruebas en la mano, con testimonios de las personas que participaron de esa reunión en río Hacha. El gobierno colombiano ha guardado silencio porque descubrimos el plan secreto que tenían para estos días de diciembre y enero. Estamos sometidos a un ataque permanente, a una amenaza permanente, pero la clave es la conciencia.

Si nos preguntaran ¿cuál es la clave para que la Revolución Bolivariana esté de pie? Es la verdad. Es la palabra comprometida. Es la acción permanente. Es tener la iniciativa política y la conciencia superior del pueblo. La conciencia superior de nuestra Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Este año se aprobó una ley: la Ley Constitucional que rige a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Y en esa ley se plasmaron los elementos doctrinarios con los cuales se mueve el soldado venezolano.

El elemento del antiimperialismo, del bolivarianismo, del latinoamericanismo; de declararse la Fuerza Armada, una fuerza armada antioligárquica, hay principios, elementos clave trabajar la conciencia, trabajar los valores con la verdad es una clave fundamental de la unión-cívico-militar policial que sustenta en combate permanente nuestra Revolución.

(…) Omisis (…)

IR: Esperemos que así sea, señor presidente. Precisamente vamos a hablar de economía ahora. Quería preguntarle lo siguiente: su Gobierno ha optado por una dolarización parcial de la economía, más bien del comercio. Usted podría hacernos un balance de un año de dolarización parcial. ¿Qué beneficios? ¿Qué inconvenientes? Y una pregunta que algunos analistas se hacen revolución y dolarización. ¿No hay contradicción?

NM:Venezuela está sometida a una situación muy particular. Venezuela está totalmente bloqueada. Perseguida en todas sus fuentes de financiamiento. Yo te podría decir, Ramonet, que prácticamente el imperio estadounidense ha prohibido el uso del dólar para el Estado venezolano. Para que tu veas. Atajo tu pregunta diciéndote esta gran verdad: Venezuela no tiene derecho a vender petróleo al mundo y cobrarlo dólares. No tiene derecho a cobrarlo en dólares.

Venezuela tiene derecho como Estado a manejar cuentas para pagar medicinas, alimentos en el mundo. No tiene derecho. Nosotros tenemos nuestros manejos, nuestras formas de mover los recursos, pero todos tienen que ser formas atípicas. Paralelas al mundo del dólar. Todo esto demuestra cómo la moneda, el dólar, cómo el sistema bancario estadounidense se utiliza para tratar de imponer un modelo económico, un modelo político, un cambio de régimen. En este caso en Venezuela, esa es la verdad verdadera.

Ahora, en medio de una economía de resistencia que tenemos, una economía de guerra; nosotros pasamos de 56.000 millones de dólares de ingreso en 2013 menos de 500 millones de dólares de ingreso petrolero este año 2020, que ya termina. Cada quien saque sus conclusiones y así hemos mantenido el estado de bienestar social de la Constitución.

Aquí se ha mantenido pleno acceso a la educación pública, gratuita y de calidad para nuestro pueblo, para nuestros niños, niñas, jóvenes. Aquí se ha mantenido, se ha acrecentado la salud pública, gratuita y de calidad. Aquí se ha mantenido el derecho a la vivienda. Tenemos un récord mundial de construcción y entrega de viviendas. Yo acabo de entregar la vivienda 3.400.000. Construimos 1.095 viviendas por día. Un récord verdadero, récord mundial. Aquí se ha mantenido los niveles de empleo. ¿Qué se ha derrumbado? El ingreso nacional y el ingreso de los trabajadores ha sido vulnerado. El ingreso de los trabajadores, producto de que ha sido vulnerado un 99 por ciento del ingreso nacional en divisas.

¿Qué ha sucedido? ¿Qué ha surgido? Una economía en primer lugar subrepticia, ahora abierta, pública, donde se maneja el dólar. Sobre todo, a nivel comercial. Yo te tengo unos números que por primera vez los voy a dar oficialmente a nivel del comercio y a nivel de algunas actividades. El dólar ha funcionado como una válvula de escape para el ingreso, para el comercio y para la satisfacción de necesidades de importantes sectores de la vida venezolana. Ha sido una válvula de escape.

Pero yo te puedo dar datos aquí de este año. Año 2020. Toda la actividad comercial recogida en estos números en el año 2020. Sí te puedo decir que en estos meses, noviembre y diciembre se ha quintuplicado la actividad comercial en el país en relación al año pasado. ¡Quintuplicado! Te puedo decir que en dólares dos datos. Te puedo decir que el 77,3 por ciento de las transacciones comerciales del país este año se hicieron en bolívares por métodos de pagos digital. Para que veas, el peso de la moneda nacional y la vamos a recuperar.

El 18,6 por ciento se hicieron efectivos en divisas convertibles, fundamentalmente dólares. Tú puedes ver por aquí. Por ejemplo, en el mes de junio julio, esto de divisa subió a más del 20 y pico por ciento, pero ya el resultado anual queda en 18,6 por ciento. Pago en efectivo en dólares en muchas actividades de centros comerciales, inclusive de comercio de calle, comercio informal y un 3,4 por ciento en bolívares físico.

Tú sabes nos tienen una guerra contra el oro, la moneda física. Nosotros vamos este año hacia una economía digital. Más profunda, más en expansión. Yo he puesto la meta 100 por ciento de economía digital. Que todo el mundo tenga sus métodos de pago en tarjetas de débito, el dinero físico desaparece; si desaparece para Venezuela es un gran, una gran ventaja.

Inclusive vamos a crear algunos formatos de pago en moneda digital, en vía digital, con cuentas de ahorro en divisas. En la banca venezolana se está autorizando las cuentas de ahorro, las cuentas corrientes en divisas y la gente podrá pagar al precio de la moneda en bolívares en el mercado general en el país.

Quiere decir que es una válvula de escape. No podemos decir que Venezuela es como Ecuador, por ejemplo, claro que es una economía polarizada. Panamá, donde depende del Departamento del Tesoro, como Panamá. Venezuela tiene su moneda, la vamos a defender en el año 2021, mejorando los ingresos. Tenemos que mejorar la calidad de la moneda venezolana.

Tenemos que seguir disminuyendo la inflación, que sigue siendo muy alta. Pero hemos venido. Mira ahí, controlándola paulatinamente, aunque es difícil producto toda la situación de los ingresos nacionales.

Pero no podemos hablar de una dolarización de la economía. Por eso es que la pregunta es ¿hay contradicción entre dolarización y revolución? ¿Hacia dónde vamos? ¿No? Hay complementación, más bien.

IR: Presidente, Venezuela, entre los ataques económicos que ha padecido, ha sido víctima de lo que podríamos llamar robo de activos. A Venezuela le han robado una importantísima empresa en Estados Unidos, la Citgo, y también las reservas de oro depositadas en Londres. ¿Usted podría decirnos qué iniciativas está tomando su gobierno para tratar de recuperar esos activos y qué esperanza puede tener?

NM: En esa perspectiva de recuperarlos, siempre tendremos la esperanza, porque tenemos la razón jurídica, tenemos la razón nacional, republicana. Esos son activos de la República. El oro de Londres le pertenece a la República, administrado por el Banco Central de Venezuela.

Las cuentas bancarias congeladas en Portugal, España, Italia, Inglaterra, Francia, los Estados Unidos son cuentas bancarias casi de 30.000 millones de dólares que si se activaran y se recuperaran sería una inyección inmediata de recuperación y renacimiento económico de Venezuela solo con la recuperación de ese dinero. Nos han robado la empresa Citgo, una empresa con 8.000 estaciones de gasolina en los Estados Unidos. Está congelada, robada por el clan Trump. Nos lo robó el clan Trump. Le pusieron el ojo desde que Donald Trump llegó sus grupos de negocios para robarnos Citgo y con la complicidad de estos bandidos mequetrefe ladrones de la extrema derecha venezolana encabezada por Juan Guaidó, se robaron Citgo.

Hay esperanza de recuperación. Nosotros hemos tenido dificultades en la defensa de Venezuela y sus intereses, porque inclusive para pagar bufetes internacionales no es impedido, porque nos congelaron, nos robaron las cuentas. Pero bueno, Venezuela siempre encontramos un camino para conseguir buenos bufetes, para conseguir abogados y abogadas valientes, conocedores, capaces y para defender nuestros intereses.

Viene una nueva Asamblea Nacional. Ya la Asamblea Nacional, que fue el epicentro del saqueo, del despojo, del robo de Venezuela, se va. Eso va a cambiar mucho la situación, porque vino una nueva Asamblea Nacional con plenos poderes legislativo y creo que eso va a ayudar a que avancemos en el objetivo de recuperar lo que le pertenece a la República. No le pertenece a Maduro. No le pertenece a un grupo. Son patrimonio de la República, es dinero y patrimonio de todos los venezolanos, de todas las venezolanas.

IR: Señor presidente, el año que se anuncia, este año que empieza en 2021, va a ser un año, según todos los analistas, en el que la coyuntura económica va a ser muy difícil en razón de las consecuencias de la pandemia, en Venezuela en particular. Además, por lo que usted señala el bloqueo, los ataques a las que está sometido, ¿cuáles serían, digamos, las líneas principales de un plan económico de desarrollo para sacar a Venezuela de esta situación?

NM: Bueno, no solo estamos entrenados en las dificultades. El Libertador se llamó a sí mismo el hombre de las dificultades. Y nosotros llamamos a nuestro pueblo el pueblo de las dificultades. Nosotros ya hemos ido apuntando y encaminando un plan de recuperación que ha tenido, como estas semanas, la ley antibloqueo. La ley antibloqueo es un gran eje matriz del proceso para la recuperación de los ingresos nacionales.

Y con la recuperación de los ingresos nacionales y recuperando los factores y los equilibrios de la macroeconomía para mantener un proceso de recuperación del mercado interno nacional. Yo te puedo dar un dato importante de cómo el año 2020 ha sido un año donde hemos avanzado en ese proceso de instalar una economía alternativa, una economía posrentista, una economía productiva. Nosotros hemos aumentado 400.000 toneladas, por ejemplo, la producción de alimentos. Y hemos superado los niveles de desabastecimiento con productos desde hace 3, 4, 5 años con producción nacional.

Yo quiero felicitar a los empresarios, a los productores, a la agroindustria, nosotros ahorita estamos haciendo el plan para los CLAP 2021, aprobé hoy el plan de 2021. Quiere decir la comida. El mercado de comida mensual para siete millones de hogares, para que nos entiendan los CLAP son los comités locales de abastecimiento y producción, que tiene un instrumento fundamental, que es un mercado de comida que hay que mejorar, acrecentar. Ya sobre eso van a hablar de enero el ministerio de Alimentación y la vicepresidenta ejecutiva.

Yo ya he probado las líneas de trabajo para la producción nacional de todos los CLAP, de todo el alimento distribuido a los 7 millones de hogares. Antes nosotros importábamos el 60-70 porciento de ese alimento. Así que vamos nosotros 2021 en adelante, con la ley antibloqueo, recuperando el ingreso nacional, recuperando los equilibrios macroeconómicos, conteniendo la inflación aún más el próximo año y en el 2021, retomando el crecimiento económico real, te diría de la economía real 2021 es el arranque de un nuevo crecimiento económico progresivo, sostenido, verdadero.

Y te digo de la economía real, de la economía productiva, no es de la economía de los papeles, de la especulación, de la mentira, de la farsa. No, es de la economía que produce granos, leche, carne, maíz, arepa, ropa, petróleo, oro, de la economía real. Creo que toda esta crueldad que se ha aplicado contra Venezuela nos ha dejado grandes lecciones y nos hemos montado en los carriles del desarrollo de una economía propia, verdadera que va a ser muy fuerte, va a ser muy poderosa. Tú lo verás.

Y además le estamos dando un ejemplo al mundo que se nos puede prohibir el dólar; se nos puede prohibir el financiamiento y refinanciamiento en el sistema bancario occidental; se nos puede perseguir y quitar las cuentas; pero no se nos ha detenido ni se nos va a detener jamás. Y lo que surja de aquí le va a dar ejemplo al mundo de que otro mundo es posible: de que ya basta el chantaje del dólar del sistema financiero del Fondo Monetario Internacional. En Venezuela estamos demostrando en resistencia, en una resistencia cruel, dura. Que otro mundo es posible y que nosotros vamos a salir adelante. Ustedes verán, van a verlo.

 Omisis

Consultada en:

https://www.facebook.com/sharer/sharer.php?u=https%3A%2F%2Fwww.telesurtv.net%2Fnews%2Fpresidente-maduro-llegamos-resistencia-pero-tambien-victoria-20210101-0013.html%3Futm_campaign%3Dshareaholic%26utm_medium%3Dfacebook%26utm_source%3Dsocialnetwork&quote=

De lo anterior, se observa que existen además, hechos notorios que justifican dentro del marco doctrinal, la existencia del estado de excepción en materia económica.

Por otra parte, resulta imperioso destacar que el Decreto objeto de análisis fue dictado y publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, encontrándose el órgano legislativo nacional en desacato a las decisiones de este Alto Tribunal. No obstante, tal como fue establecido por esta Sala en el fallo 0274 del 30 de diciembre de 2020,

“… según lo prescribe el artículo 219 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el primer periodo de las sesiones ordinarias de la Asamblea Nacional comenzará, sin convocatoria previa, el cinco de enero de cada año o el día posterior más inmediato posible; en consecuencia, ello ocurrirá el día martes 05 de enero de 2021, fecha en la cual, ya han cesado en sus cargos de diputados y diputadas a la Asamblea Nacional del periodo 2015 – 2020, e iniciarán el primer periodo de sesiones ordinarias de la Asamblea Nacional los diputados y diputadas electos en el pasado proceso comicial de fechas 06 y 09 de diciembre de 2020, para el nuevo periodo legislativo 2021–2026 y asumen plenamente las competencias, potestades y facultades que le otorga la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela…” (subrayado agregado).

En tal sentido, vista la conclusión del periodo legislativo de la Asamblea Nacional en desacato el 4 de enero de 2021, la Asamblea Nacional electa en los comicios del 6 y 9 de diciembre de 2020 inició el primer periodo de sesiones el 05 de enero de 2021, para el periodo legislativo 2021 – 2026 y, consecuencialmente,  asumió plenamente las competencias, potestades y facultades que le otorga la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En tal virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 339 de la Carta Fundamental, en concordancia con lo establecido en el artículo 26 de la Ley sobre Estados de Excepción, el decreto que declare el estado de excepción en lo sucesivo, deberá también ser remitido a la Asamblea Nacional dentro de los ocho días continuos siguientes a aquel en que se haya sido dictado, para su consideración y aprobación. Asi se decide.

En relación al instrumento jurídico sometido a control constitucional, se observa que se trata de un Decreto de Estado de Excepción de Emergencia Económica, en todo el territorio nacional, dadas las circunstancias extraordinarias en el ámbito social, económico y político, que afectan el orden constitucional, la paz social, la seguridad de la Nación, las instituciones públicas y a las ciudadanas y ciudadanos habitantes de la República Bolivariana de Venezuela, a fin de que el Ejecutivo Nacional adopte las medidas urgentes, efectivas, excepcionales y necesarias, para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros productos esenciales para la vida, a tenor a tenor de lo dispuesto en su artículo 1.

La fundamentación jurídica expresa los dispositivos constitucionales y legales en los que se basan las competencias que está ejerciendo el ciudadano Presidente de la República en Consejo de Ministros, entre los cuales se invocan los artículos 226 y 236, numeral 7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que se refieren a la acción de gobierno y a la facultad para dictar estados de excepción, sus prórrogas o aumentos del número de garantías restringidas, en concordancia con los artículos 337, 338 y 339 eiusdem, normas que a su vez fueron concatenadas con los artículos 2 al 7, 10, 17 y 23 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción.

Visto el referido Decreto, esta Sala Constitucional advierte que en sentencias números: 4 del 20 de enero de 2016, 7 del 11 de febrero de 2016, 184 del 17 de marzo de 2016, 411 del 19 de mayo de 2016, 615 del 19 de julio de 2016, 810 del 21 de septiembre de 2016, 4 del 19 de enero de 2017, 113 del 20 de marzo de 2017 y, 364 del 24 de mayo de 2017, 959 del 22 noviembre de 2017 y, más reciente, 0057 del 24 de marzo de 2020, 0132 del 11 de septiembre de 2020 y 0158 del 10 de noviembre de 2020, en cuyos fallos se mantiene el criterio sobre algunas nociones de carácter doctrinario respecto de la naturaleza, contenido y alcance de los estados de excepción, como mecanismos constitucionales válidos para que el Presidente de la República pueda tomar medidas extraordinarias y excepcionales cuando existan tales situaciones fácticas de alarma, emergencia o calamidad.

Al respecto, como antes se indicó, el Decreto sometido al control de esta Sala plantea desde su primer artículo, que el Ejecutivo, hace uso de dicha facultad, para disponer de la atribución para adoptar las medidas urgentes, contundentes, excepcionales y necesarias, para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros productos esenciales para la vida, dadas las situaciones fácticas y jurídicas bajo las cuales es adoptado y los efectos que debe surtir con la inmediatez que impone la gravedad o entidad de las circunstancias vulneradoras que el Poder Público, con facultades extraordinarias temporales derivadas del propio Decreto, pues el Presidente de la República como Jefe de Estado y del Ejecutivo Nacional, está en la obligación de atender para restaurar la normalidad en el funcionamiento del sistema socio-económico, para ponderar y garantizar de forma cabal e inaplazable los derechos fundamentales de todos los ciudadanos y ciudadanas.

Por ello, se observa que se trata de un límite y ponderación legítima respecto del ejercicio de algunos derechos y garantías constitucionales, fundado en razones excepcionales, cuyo único propósito es establecer un orden alternativo, temporal y proporcional dirigido a salvaguardar la eficacia del Texto Constitucional y, por ende, la eficacia de los derechos y garantías, en situaciones de anormalidad de tal entidad que comprometan la seguridad de la Nación, de sus habitantes, la armonía social, la vida económica de la Nación, de sus ciudadanos o ciudadanas, así como el normal funcionamiento de los Poderes Públicos y de la comunidad en general.

Observa esta Sala Constitucional que el Decreto número 4.396, del 26 de diciembre de 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 6.606 Extraordinario de la misma fecha, que se examina y mediante el cual se decretó el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional, atiende de forma prioritaria aspectos de seguridad económica, que encuentran razón, además, en el contexto económico latinoamericano y global actual sometido por una pandemia y resulta proporcional, pertinente, útil y necesario para el ejercicio y desarrollo integral del derecho constitucional a la protección social por parte del Estado, ineludibles para la construcción de una sociedad justa y amante de la paz y para la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo, conforme a lo previsto en el artículo 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

De allí que se estime ajustado al orden constitucional y por ende procedente, que el Ejecutivo Nacional, constatadas las circunstancias suscitadas y que se mantienen en el espacio geográfico de la República, emplee las medidas amparadas por el decreto bajo estudio, en cumplimiento del deber irrenunciable e ineludible del Estado Venezolano de garantizar el acceso oportuno de la población a bienes y servicios básicos y de primera necesidad, así como el disfrute de sus derechos en un ambiente pleno de tranquilidad y estabilidad, asegurando el derecho a la vida digna de todos los habitantes de la República Bolivariana de Venezuela.

En fin, estima esta Sala que el Decreto sometido a control de constitucionalidad cumple con los principios y normas contenidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en tratados internacionales sobre derechos humanos válidamente suscritos y ratificados por la República y en la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción”.

Comentario de Acceso a la Justicia: Desde que la oposición ganara las parlamentarias de diciembre de 2015 el Gobierno de Nicolás Maduro Moros inició un ataque desmedido contra el funcionamiento del órgano legislativo. Ahora bien, luego de que el pasado 6 de diciembre de 2020 el oficialismo se impusiera  fraudulentamente en las elecciones legislativas, es sorpresivo que continúe con esta maniobra inconstitucional, a pesar de que el control de la Asamblea Nacional pasó a ser dominado por las manos del partido gobernante. 

También es curioso que el juez constitucional para estimar que el decreto de estado de excepción está ajustado a la Constitución venezolana, haya justificado su decisión citando, in extenso, una entrevista que Maduro concedió al periodista español Ignacio Ramonet, tal como se lee en el contenido del fallo, convirtiendo una decisión judicial en una réplica de una nota de prensa.

Este actuar de la Sala Constitucional es cuestionable, no solo por seguir cánones políticos, sino porque deja de lado la objetividad, la imparcialidad, congruencia y otros tantos principios generales que son aplicables en un estado de derecho por parte de quien está llamado a garantizar el respeto de la Constitución.

Hay que considerar, sin duda, que la cadena de prórrogas indiscriminada y  arbitraria aplicada por parte del Gobierno nacional a lo largo de estos 5 años no solo seguirá anulando las bases del estado de derecho constitucional, sino que también agudizará la grave crisis institucional generada por el propio Gobierno, que desde la Sala Constitucional ha propiciado la creación de un régimen de facto, y ahora de forma más evidente, tras el nuevo poder legislativo írritamente elegido en los pasados comicios parlamentarios.  

Voto salvado: No tiene.

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/enero/311232-0001-8121-2021-21-0001.HTML

Para más información sobre esta sentencia, visitar: https://accesoalajusticia.org/tsj-le-levanto-el-cerco-a-la-an-ahora-que-el-gobierno-de-maduro-la-controla/

Artículos más recientes →

GRACIAS POR SUSCRIBIRTE