Creación de la Universidad Nacional Experimental de Especialidades Eléctricas (UNEXEE)

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE ESPECIALIDADES ELÉCTRICAS

En lugar de darle a las universidades autónomas el presupuesto que tan urgentemente necesitan, el gobierno se dedica a lo que es su actividad por excelencia: crear más burocracia; en este caso, nuevas estructuras universitarias; eso sí, sin la tan combatida autonomía, como la que a continuación mencionaremos, para tener universidades bajo su control sin considerar que tener universidades controladas es igual a no tener universidades, pues la autonomía de una universidad es parte esencial de su existencia.

De este modo, en la Gaceta Oficial n.° 42.431 del 02/08/2022, se publicó, entre otros, el texto del Decreto n.° 4.715, de esa misma fecha, mediante el cual se crea la Universidad Nacional Experimental de Especialidades Eléctricas (UNEXEE), la cual:

  1. Es una institución de educación universitaria nacional experimental, de estudios superiores especializada, con personalidad jurídica y patrimonio propio, distinto e independiente del Tesoro Nacional, que orientará sus programas académicos a la formación, generación y aplicación práctica de conocimientos dirigidos a afianzar la operación, desarrollo mantenimiento y expansión de la industria del Sector Eléctrico.
  2. Tiene por objeto principal la formación y capacitación integral profesional avanzada de personas, mediante la enseñanza, la investigación, la generación y la difusión universal del saber y aplicación general del conocimiento.
  3. Tendrá su sede principal en el estado Bolívar, pudiendo establecer conforme a las necesidades de expansión, núcleos, extensiones y espacios académicos para el logro de su objeto.
  4. Tiene entre sus objetivos estratégicos los siguientes:
  • Formar profesionales con profundas cualidades éticas y morales, en el ámbito cultural, social y político, con amplios conocimientos técnicos, científicos y económicos, para atender las necesidades en las áreas de operación, mantenimiento y expansión del Sistema Eléctrico Nacional, así como en cultura energética, que coadyuve a la mejora en la prestación del servicio de energía eléctrica, con el fomento de un cambio de conducta de la vinculación de las comunidades con la energía, hacia la generación de la corresponsabilidad en la calidad del servicio.
  • Propiciar estudios académicos de formación continua de alto nivel a través de los Programas Nacionales de Formación y de Formación Avanzada.
  • Garantizar la formación inicial y permanente bajo criterios comunes y conforme a los principios constitucionales y los definidos en los instrumentos jurídicos reguladores del servicio y sistema eléctrico nacional, con diversificación según las disciplinas y áreas del servicio, contextualizada en función de las realidades locales, regionales y nacional.
  • Contribuir con la universalización de la educación universitaria articulando las acciones del subsistema de educación universitaria con las misiones sociales.

La organización y funcionamiento (se interpreta la estructura organizativa y funcional) de la Universidad Nacional Experimental de Especialidades Eléctricas (UNEXEE) se establecerá mediante el reglamento interno que deberá dictar el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental de Especialidades Eléctricas (UNEXEE).

Con respecto a dicho Consejo Universitario se establece que:

A. Es la autoridad suprema de la Universidad Nacional Experimental de Especialidades Eléctricas (UNEXEE).

B. Ejercerá las funciones de gobierno por órgano del Rector o Rectora, Vice-Rectores o Vice-Rectoras y del Secretario o Secretaria, conforme a sus respectivas atribuciones.

C. Ejercerá las atribuciones establecidas en la ley que rige la materia de universidades.

D. Estará integrado por:

  • El Rector o Rectora.
  • Los Vice-Rectores o Vice-Rectoras.
  • El Secretario o Secretaria.
  • Los Decanos o Decanas de las Facultades.
  • Cinco (5) representantes de los o las estudiantes.
  • Un (1) representante de los egresados o egresadas.
  • Un (1) delegado del Ministerio del Poder Popular de Educación Universitaria.

Adicionalmente, el MPP con competencia en materia de energía eléctrica podrá designar un Asesor o Asesora para que asista al Consejo Universitario en las materias cuya especificidad técnica así lo requiera.

E. Hasta tanto se dicte el reglamento interno que establezca las condiciones que han de exigirse para nombrar y ocupar los cargos de Rector o Rectora, Vice-Rector o Vice-Rectora y Secretario o Secretaria, la designación de éstos cargos corresponderá al Ministro o Ministra del Poder Popular para la Educación Universitaria.

F. Dispondrá de ciento veinte (120) días continuos a partir de su nombramiento, para presentar ante el Consejo Nacional de Universidades la propuesta de reglamento interno.

G. Hasta tanto no se incorporen la totalidad de los miembros del Consejo Universitario, éste sesionará con la presencia del Rector o Rectora, Vice-Rector o Vice-rectora y Secretario o Secretaria, y el delegado o delegada del Ministerio del Poder Popular de Educación Universitaria.

La vigencia del mencionado Decreto se fijó a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en tanto que su ejecución, así como la resolución de las dudas y controversias que puedan suscitarse durante la misma se encargan a los MPP con competencia en las materias de energía eléctrica, educación universitaria y planificación.

Resulta imprescindible agregar que en la misma Gaceta Oficial antes señalada se publicó, también, el texto del Acuerdo emanado del Secretariado Permanente del Consejo Nacional de Universidades con el n.° 0003, en fecha 28/07/2022, mediante el cual se aprueba la Creación y Funcionamiento de la Universidad Nacional Experimental de las Especialidades Eléctricas (UNEXEE), con vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, del cual se han extraído las siguientes precisiones:

  1. La sede de la Universidad Nacional Experimental de las Especialidades Eléctricas (UNEXEE) será en el Sector Pueblo Guri (Complejo Guri), Municipio Angostura del estado Bolívar.
  2. La Universidad reúne las condiciones mínimas para dar inicio con las Carreras:
  • Ingeniería en Gestión de Mantenimiento Eléctrico.
  • Ingeniería en Redes Eléctricas.
  • Ingeniería en Sistemas de Potencia.
  1. Matrícula inicial: Doscientos setenta (270) alumnos.
  2. Duración de las carreras: Cuatro (04) años y las salidas intermedias de dos (02) años.
  3. Modalidad: Mixta.
  4. Los títulos académicos que emitirá la Universidad Nacional Experimental de las Especialidades Eléctricas (UNEXEE) son los de:
  • Ingeniero (a) en Gestión de Mantenimiento Eléctrico, con salida intermedia de Técnico Superior Universitario.
  • Ingeniero (a) en Redes Eléctricas con salida intermedia de Técnico Superior Universitario.
  • Ingeniero (a) en Sistemas de Potencia con salida intermedia de Técnico Superior Universitario.

El enlace que se indica a continuación permite la consulta por medios electrónicos de la Gaceta Oficial, así como de las disposiciones, aquí referidas:

http://spgoin.imprentanacional.gob.ve/cgi-win/be_alex.cgi?Documento=T028700039635/0&Nombrebd=spgoin&CodAsocDoc=3062&Sesion=1509030505

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