¿Cuál es el valor del salario mínimo en Venezuela?

SALARIO MÍNIMO

En materia de salario mínimo, así como en muchos otros aspectos legales, la confusión es lo que priva en Venezuela, sin duda como consecuencia del profundo quiebre institucional que aqueja al país.

Según anunció Nicolás Maduro el 14 de enero de 2019, el salario mínimo es “fluctuante” y está anclado a la cotización del petro, que en ese momento correspondía a Bs.S 18.000, es decir, a medio petro. Pero conforme a la página web del Banco Central de Venezuela (BCV) el precio del criptoactivo  es de aproximadamente Bs.S 67.000, por lo que medio petro equivale actualmente a Bs.S 33.500 y no a Bs.S 18.000, es decir, casi el doble de lo que se estableció como salario mínimo el mes pasado.

A esto se añade que a la fecha no han sido publicados en Gaceta Oficial (GO) los ajustes del salario mínimo y del cestaticket, anunciados por Maduro el 29 de noviembre de 2018 (Bs.S 4.500), ni tampoco el más reciente de Bs.S 18.000, por lo que legalmente seguiría vigente el salario mínimo establecido en la GO de fecha 31 de agosto de 2018 por Bs.S 1.800.

Al respecto, recordemos lo dicho por el Ministro del Trabajo, Eduardo Piñate:

“No es un decreto de incremento salarial lo anunciado por el presidente Maduro, aun cuando pueda expresarse de esta manera. Fue una corrección del factor petro con respecto al bolívar soberano”.

Ministro Eduardo Piñate

Según el ministro, el decreto publicado en la citada GO que fijó el salario mínimo en 1.800 y cestaticket en 180 sigue vigente, pero, al ajustarse el valor del petro como referencia o anclaje, cambia el salario automáticamente, antes a 4.500 y ahora a 18.000 sin necesidad de ser publicado en la Gaceta.

Sin embargo los actos deben ser derogados por otros del mismo rango y publicarse en Gaceta, por lo que para tener valor jurídico no basta que este supuesto anclaje al petro como valor referencial del salario sea anunciado por televisión.

Ante el enredo generado por quienes usurpan el poder, numerosos trabajadores mantienen reclamos ante la Inspectoría del Trabajo por cálculos de salarios caídos y otros beneficios como cestaticket que se encuentran en un limbo legal, debido a que no existe una GO que establezca el supuesto valor vigente del salario mínimo a 4.500 y cestaticket 450 o al supuesto nuevo salario de 18.000 y cestaticket a 1.800, y menos aún su ajuste al petro como valor “fluctuante” de anclaje o referencia.

Hasta ahora, la mayor parte de los empleadores en la práctica han pagado un salario mínimo equivalente a medio petro establecido en la alocución de Maduro del 29 de noviembre de 2018 a 4.500 y más recientemente, es decir, a partir del 15 de enero de 2019 a 18.000 y hasta la fecha se ha mantenido congelado, pese a que no se ha establecido en ninguna ley, más un cestaticket equivalente a 10% del monto referido (1.800). Tampoco se ha aplicado el sistema anunciado por Maduro sobre ajuste por “fluctuación”, sino un valor del petro especial que llaman coloquialmente el petro “congelado”, no fluctuante.

¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?

Venezuela se encuentra en un limbo jurídico que afecta a toda la ciudadanía, tanto trabajadores, pensionados y empleadores como inversionistas. No hay forma de contar con una certeza legal, el régimen propicia la ingobernabilidad, la ruptura del orden de legalidad y el estado de derecho.

En momentos en los que el poder adquisitivo del venezolano queda pulverizado por la hiperinflación (1.698.844,2% al cierre de 2018 de acuerdo con la Asamblea Nacional), desde Miraflores se genera confusión y caos. Según el Centro de Documentación y Análisis Social de la Federación Venezolana de Maestros (Cendas-FVM), para el mes de enero se necesitaban 900 dólares mensuales para cubrir la canasta básica familiar; 300 dólares para los productos básicos y 600 dólares más si se incluyen la vestimenta y los servicios. Entonces, ¿por qué se juega con los ingresos de los trabajadores?

Además, el gobierno hoy de facto continúa usurpando la función de legislar de la Asamblea Nacional, así como la legítima participación, mediante sistema tripartito de los trabajadores y empleadores, sobre la fijación del salario mínimo, violentando incluso normas supraconstitucionales y convenios internacionales suscritos por Venezuela ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

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