Admitido hábeas data para solicitar corrección de información por cambio en la identidad (de hombre a mujer)

TSJ

Sala Constitucional.

Hábeas data.

Sentencia Nº 10         Fecha: 1/03/2016.

Caso: TOMÁS MARIANO ADRIÁN HERNÁNDEZ, actuando en su propio nombre y representación, intentó una acción de “habeas data” de conformidad con los artículos 19, 26, 28 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Comentario de Acceso a la Justicia: Con el recurso se pretende la modificación, anulación, corrección, eliminación y sustitución de los datos e informaciones contenidas en los archivos, documentos y almacenamiento de datos, tanto públicos como privados, sobre los cuales la parte actora alega un desfase. El actor señala que no corresponden con su realidad y condición de ser humano actual, ya que se transformaron por el transcurso de nuevos actos, motivo por el cual requiere su actualización y la obtención de una sentencia a su favor en ese sentido.

Por las razones indicadas, la Sala reconoce la legitimación del accionante para incoar la acción innominada ejercida, dado el interés directo que ostenta para solicitar que se renueven los mencionados datos o informaciones personales, así como las demás relaciones y vínculos jurídicos encuentran involucrados.

Actualización: En este caso, más allá del fondo del asunto, lo que debemos destacar es que una acción que debería ser muy expedita como lo es la admisión o no de un recurso y tarde, como es el caso, más de 12 años en ocurrir es un grave atentado al derecho a la tutela judicial efectiva y pone en evidencia el temor del poder judicial de considerar temas como el que se plantea en este juicio. Por ello, no está demás agregar, que luego de esa admisión, 5 años después tampoco se cuenta con una sentencia definitiva sobre la misma, lo que implica que 17 años luego de interpuesta la solicitud el Poder Judicial ha incumplido groseramente con su obligación.

Esto implica también una forma de violencia institucional que forma parte de un problema sistemático del estado venezolano con todo lo relacionado con los temas vinculados al género.

Decisión: Se admitió la acción innominada interpuesta por Tomás Mariano Adrián Hernández en nombre propio, y se ordenó la tramitación del proceso.

 Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/marzo/185632-10-1316-2016-04-1310.HTML

Artículos más recientes →

GRACIAS POR SUSCRIBIRTE