¿Es discriminatoria e injusta la investigación de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional sobre Venezuela?

CORTE PENAL INTERNACIONAL (CPI)

La Corte Penal Internacional (CPI), ese tribunal creado hace apenas dos décadas para castigar los delitos de genocidio, crímenes de lesa humanidad, de guerra y de agresión, está en boca de todos en Venezuela en los últimos días, en especial en la del fiscal general impuesto por la cuestionada Asamblea Nacional Constituyente, Tarek William Saab, quien desde mayo pasado se ha referido al organismo en al menos seis ocasiones, tres de ellas para atacarla, por considerar que le está dando un «trato desigual» y que no está garantizando el debido proceso.

Hoy, 15 de junio, la fiscal de la CPI, la jurista gambiana Fatou Bensouda, deja el cargo para ser reemplazada por el británico Karim Khan. Si bien hasta las 12:00 p. m. (hora de Venezuela) no hizo el esperado anuncio sobre pasar a investigación ante la propia Corte el caso de Venezuela, relativo a los posibles crímenes cometidos por lo menos desde abril de 2017, es probable que su sucesor lo anuncie pronto.

Ante la expectativa existente y las declaraciones del fiscal general venezolano, Acceso a la Justicia ha considerado oportuno analizar algunos de los señalamientos de las autoridades nacionales sobre el trabajo realizado por el organismo con sede en La Haya.

El pasado 1° de mayo, Saab anunció que su despacho había remitido un tercer informe al despacho de Bensouda y se quejaba que «esta comunicación solo se está desarrollando por parte del Estado hacia la Fiscalía de la CPI y no viceversa». El titular del Ministerio Público ha insistido en su queja de no haber logrado entablar interlocución con el despacho de la jurista africana y, por lo tanto, se está violando según su criterio tanto el Estatuto de Roma como el reglamento del juzgado.

«El Ministerio Público entregó a la CPI desde el 30 de noviembre de 2020 diez documentos sin ninguna respuesta», escribió el 14 de junio por Twitter, y criticó que «los casi 4 mil folios de una ardua y profesional labor de judicialización realizada por el Ministerio Público para sancionar violaciones a los Derechos Humanos sea respondida con silencio».

El funcionario se refería a los cinco informes sobre la labor hecha por su despacho para investigar delitos como las ejecuciones extrajudiciales, torturas, desapariciones forzadas y detenciones arbitrarias ocurridas en 2017, así como a los reportes sobre cómo en las redes sociales se busca ocultar esa labor; y a los dos escritos que ha presentado en la Sala de Cuestiones Preliminares y en la propia Fiscalía de la CPI.

Estas quejas fueron rechazadas por Bensouda a principios de junio. «Debo decir con todo respeto que es incorrecto [la denuncia de falta de cooperación]. Yo y mi oficina hemos mantenido extensos contactos con Venezuela, incluso las más altas autoridades», replicó. Basta con recordar que en noviembre de 2020 Saab se reunió personalmente con Bensouda en su despacho de La Haya, un encuentro que calificó de «fructífero».

¿Sin acceso al expediente?

El 27 de mayo Saab anunció que había presentado dos acciones ante la CPI, una de ellas directamente al despacho de Bensouda, en la que afirma lo siguiente:

«Hemos solicitado que se nos transmita información sobre el material y las pruebas pertinentes que estén en el examen preliminar, dado que, hasta la fecha, no se nos ha proporcionado información detallada de cuáles son los hechos investigados».

Las denuncias que sustentan el llamado caso Venezuela I son de conocimiento público. La primera querella fue presentada en noviembre de 2017 por la fiscal general en el exilio, Luisa Ortega Díaz, quien acusó a Nicolás Maduro y a cuatro generales (Vladimir Padrino López, Néstor Reverol Torres, Gustavo González López y Antonio Benavides) de estar incursos en crímenes de lesa humanidad. El contenido del escrito, de 495 páginas, que la funcionaria llevó a La Haya fue reproducido ampliamente por los medios de comunicación y organizaciones de derechos humanos. En febrero de 2018, la fiscal Bensouda abrió de oficio el examen preliminar sobre Venezuela.

La segunda denuncia fue presentada en 2018 por seis países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), que sustentaron su acción en un informe elaborado por un grupo de expertos convocados por la organización hemisférica, en el cual se acusa a las autoridades nacionales de cometer delitos tipificados en el Estatuto de Roma. El texto del reporte también es público.

Algo llamativo de las acciones de Saab es que pese a quejarse de que desconoce qué está investigando la Fiscalía de la CPI, le pidió a la Sala de Cuestiones Preliminares que excluya de su análisis «documentación sustraída ilegalmente» y que no acepte «fuentes de información y denuncias que se acrediten como parciales, obrantes bajo mala fe o sin rigor probatorio alguno».

Vale la pena recordar que la denuncia presentada por Ortega Díaz se fundamenta en pruebas que recabó el Ministerio Público hasta que ella fue destituida en agosto de 2017 por la Constituyente, por lo que dichas pruebas están en el organismo. La funcionaria llevó a La Haya 39 carpetas y 12 CD que contenían 1.690 evidencias que probarían que desde que Maduro llegó al poder, en marzo de 2013, se han producido al menos cinco crímenes de lesa humanidad (asesinatos, ejecuciones, detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas y tortura).

Ahora bien, respecto de las informaciones que de manera privada han remitido organizaciones o víctimas, la situación es diferente en la medida en que el Documento de política general sobre exámenes preliminares, que regula el detalle de estos, indica en su párrafo 87 que:

«Con respecto a las informaciones presentadas con arreglo al artículo 15 y al testimonio oral o escrito recibido en la sede de la Corte, el Fiscal tiene el deber de proteger la confidencialidad de dichas informaciones o testimonios o tomar las demás medidas que sean necesarias».

Por lo tanto, la Fiscalía no está obligada a revelar estos medios probatorios hasta que se pase a la fase de investigación.

Trato discriminatorio

Saab también se quejó de que el caso venezolano va más rápido que los relacionados con Colombia, Guinea o Irak, por ejemplo, pese a tener la misma complejidad.

Consideramos que la afirmación del Fiscal impuesto por la Constituyente es una falacia, pues que no es cierto que los casos de Colombia, Guinea e Irak sean similares en complejidad al de Venezuela. El primero y el último tienen que ver con conflictos armados, mientras que el segundo es el resultado de la represión ocurrida luego de un golpe de Estado, de modo que ni los hechos son parecidos ni lo largo de un examen preliminar es indicio de una mejor investigación. De hecho, de los veintinueve exámenes realizados por la Fiscalía hasta la fecha once ―más de una tercera parte― han durado menos que el de Venezuela.

Entre los casos mencionados, por ejemplo, tenemos el de Birmania (Myanmar), en el que se investiga nada menos que un genocidio, un delito muy complejo y de extrema gravedad, y aun así tuvo menos duración su examen que el de Venezuela. También se pueden señalar casos como el de Libia y la República Centroafricana, con conflictos armados internos en situaciones internas muy complejas. Llama poderosamente la atención que la crítica del Gobierno venezolano sea que haya una justicia rápida, cuando siempre se ha dicho que justicia tardía no es justicia.

¿Proceso injusto?

Tampoco consideramos cierto que en el examen preliminar que conduce la Fiscalía de la CPI se viole el derecho a la defensa y el debido proceso porque el examen no es un juicio: no hay partes ni concluye con una decisión absolutoria o condenatoria. Mal puede haber violación al debido proceso cuando no hay un proceso, ni puede haber violación al derecho a la defensa cuando no hay imputados ni enjuiciados.

Los casos ante la CPI son contra personas, no gobiernos, de modo que no puede violarse el derecho a la defensa de un gobierno cuando el mismo nunca va a ser juzgado por la Corte, sino algunos de sus funcionarios.

Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?

Las actuaciones de las autoridades venezolanas revelan temor ante lo que pueda decidir la Fiscalía de la CPI, pues dicha decisión marcaría un hito histórico, en primer lugar porque podría abrir las puertas a la primera investigación relacionada con hechos ocurridos fuera de África y Asia; en segundo, porque podría abrir las puertas para que las víctimas de la represión gubernamental consigan la justicia que los tribunales venezolanos le han negado; y en tercero, porque enviará un poderoso mensaje a los líderes, no solo nacionales sino también del continente americano, de que actuaciones fuera de la ley y de los tratados internacionales tienen un costo.

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