Estado de derecho e independencia de la justicia

EXAMEN PERIÓDICO UNIVERSAL (EPU)

1Venezuela no ha implementado ninguna de las recomendaciones de los EPU anteriores en materia de Estado de derecho y de independencia judicial, lo que ha llevado a un gran deterioro en este ámbito. Venezuela ha sido clasificado en 2021 en el último lugar por la organización World Justice Project de 139 países evaluados en materia de Estado de derecho, límites al poder y justicia penal; y en justicia civil ocupa el penúltimo lugar. Se trata más bien de un Estado de hecho con una importante policiación de la sociedad y militarización del Gobierno.

Según el Comité de Derechos Humanos en sus observaciones finales, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), la Misión Independiente Internacional de Determinación de los Hechos sobre Venezuela (conocida por sus siglas en inglés, FFM), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), los jueces y fiscales no tienen independencia judicial, pues no tienen estabilidad en su cargo al no haber sido nombrados como consecuencia de un concurso público de oposición como exige la Constitución. Para 2019, 85.3% de los jueces eran provisionales (no hay cifras oficiales más recientes), y por lo menos el 50% han estado o están inscritos en el partido de gobierno. En 2020, 881 jueces fueron nombrados de manera provisoria (es decir, casi una tercera parte del total de los jueces) y 91 fueron removidos por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia sin procedimiento. De hecho, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en sentencia N° 6 de 2016 reiteró su criterio que a los jueces provisionales no se les aplica el Código de Ética del Juez, es decir, el régimen disciplinario, por lo que estos son de libre nombramiento y remoción del propio TSJ.

El nombramiento de los magistrados del TSJ está a cargo de la Asamblea Nacional (AN), quien lo ha realizado desde la emisión de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia por mayoría simple, de forma inconstitucional y sin la participación de la sociedad civil como exige la Constitución. Ningún magistrado del TSJ hoy en día cumple con los requisitos constitucionales y legales. La OACNUDH ha expresado su preocupación por su cercanía al Gobierno y porque los jueces, en particular, los penales reciben instrucciones sobre sus decisiones por parte del TSJ y deben cumplirlas so pena de ser destituidos.

Existe una impunidad generalizada en el país. Desde 2017 hasta diciembre de 2020, 1.019 militares y civiles han sido sometidos a procesos. Sin embargo, solo 171 han sido condenados por los tribunales, lo que representa menos del 16% de los casos. De 165 casos de asesinatos en el marco de las protestas de 2014, 2017 y 2019, solo 5 han dado lugar a condenas. El amparo constitucional ha dejado de ser un mecanismo de protección de derechos. Ahora es un mecanismo de persecución. El uso de la justicia militar contra civiles es una práctica que desde las protestas de 2017 se ha vuelto cada vez más generalizada.

Entre 2000 y 2020, el TSJ ha emitido más de 30 decisiones contra los Colegios de abogados, mediante las cuales ha intervenido sus directivas y ha puesto personas afines al Gobierno, esto ha afectado su independencia. En 2017, el Fiscal General de la República fue electo inconstitucionalmente por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), un órgano creado en contra de la Constitución en agosto de 2017 sobre todo para sustituir al parlamento con mayoría opositora (2/3 partes), electo en diciembre de 2015. El Fiscal General nombrado fue diputado y ex Gobernador por el partido de gobierno, por lo que no es independiente, y según la Constitución no podía ser nombrado.

Adicionalmente, durante los pasados cinco años, el Ejecutivo gobernó al país con todos los poderes bajo su mando, a través de un estado de excepción renovado continuamente y refrendado por sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

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