Estado de excepción de alarma por la COVID-19 arribará a los 120 días de vigencia

GACETA OFICIAL

El Estado de Alarma por la pandemia del Covid-19 establecido para todo el territorio nacional, según Decreto No. 4.198 del 12/05/2020, el cual se publicó en la Gaceta Oficial No. 6.535 Extraordinario de esa misma fecha, se ha prorrogado por treinta (30) días, conforme lo establece un nuevo Decreto, el No. 4.230 del 11/06/2020, publicado en la Gaceta Oficial No. 6.542 Extraordinario, de esa misma fecha, a partir de la cual entró en vigencia.

En principio, la prórroga señalada se ha dictado debido a que subsiste la situación excepcional, extraordinaria y coyuntural que motivó la declaratoria del Estado de Excepción de Alarma contenida en el Decreto del 12/05/2020.

Aunque es innegable que la pandemia exige decisiones extraordinarias, lo que no tiene sentido es que haya dos tipos de estados excepción simultáneamente (de alarma y emergencia económica) y que además estos decretos no sean controlados y aprobados por los órganos que exige la Constitución, particularmente la Asamblea Nacional, lo que vicia de nulidad dichas actuaciones. 

Al momento, la Gaceta Oficial aludida puede obtenerse por medios electrónicos en los siguientes sitios web, mediante los enlaces que igualmente se señalan:

Pandectas Digital (https://pandectasdigital.blogspot.com): https://app.box.com/s/1qrhfmjthiqdkxvmceyisfgsc66q8zpf

Tuabogado.com (https://gacetaoficial.tuabogado.com): https://mega.nz/file/6Z0yBKpA#4IcsXOtmUYMZD241AsTsFllw3CZNkRpSNJYA-R60d6o

En https://www.finanzasdigital.com y https://ve.microjuris.com, se reproduce el texto del Decreto aquí referido, mas no se aporta un ejemplar de la Gaceta Oficial.

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