Estados de excepción: violación del control político de la Asamblea Nacional

ASAMBLEA NACIONAL

Sala Constitucional.

Recurso de interpretación.

Sentencia Nº 07    Fecha: 11/02/2016.

Caso: Recurso de interpretación constitucional para solicitar pronunciamiento sobre el alcance, particulares y consecuencias del artículo 339 en concatenación con el artículo 136 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, además de los artículos 27 y 33 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción.

Comentario de Acceso a la JusticiaCon este fallo la Sala Constitucional desconoce la función contralora de la Asamblea Nacional, al declarar la nulidad del acuerdo del 22 de enero de 2016 que desaprobó el Decreto N° 2.184 del Presidente de la República, que declaraba la emergencia económica en todo el territorio nacional por un lapso de sesenta (60) días.

La Sala también desaplicó el artículo 33 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción por considerar que es una limitación a los poderes de revisión constitucional que tiene atribuidos la Sala Constitucional la cual no está establecida en el texto fundamental venezolano, y ordenó seguir procedimiento de nulidad contra dicho artículo.

Decisión: Se  interpretan los artículos 339 y 136 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 27 y 33 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción y declara que el Decreto N° 2.184,  que declaró el estado de emergencia económica en todo el territorio nacional durante un lapso de 60 días, entró en vigencia desde que fue dictado y su legitimidad validez, vigencia y eficacia jurídica-constitucional se mantienen irrevocablemente incólumes, conforme a lo previsto en el Texto Fundamental.

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/febrero/184885-07-11216-2016-16-0117.HTML

Para más información, visitar:

La desintegración de la Constitución por la Sala Constitucional

Artículos más recientes →

GRACIAS POR SUSCRIBIRTE