Incorporación de la Educación Integral de la Sexualidad en el subsistema de Educación Básica

GACETA OFICIAL

En la Gaceta Oficial No. 42.063 del 05/02/2021, se publicó la Resolución emanada del MPP para la Educación con el No. DM-0004, en fecha 05/02/2021, por lo que se regulan “… los procesos para orientar la incorporación de la Educación Integral de la Sexualidad en el Subsistema de Educación Básica, en el Marco del Plan Nacional de Prevención y Reducción del Embarazo a Temprana Edad y en la Adolescencia (PRETA): así como, los programas educativos pertinentes a la formación de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes y adultos, como una estrategia de vida y salud que proteja sus derechos como parte esencial de su proyecto de vida.”, con vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial, de la cual se refieren algunos aspectos a continuación.

Salvo mejor y calificado criterio, se entiende que la mencionada Resolución tiene por objeto regular:
01.   Los procesos para orientar la incorporación de la Educación Integral de la Sexualidad en el Subsistema de Educación Básica, en el Marco del Plan Nacional de Prevención y Reducción del Embarazo a Temprana Edad y en la Adolescencia (PRETA)
02.   Los programas educativos pertinentes a la formación de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes y adultos, como una estrategia de vida y salud que proteja sus derechos como parte esencial de su proyecto de vida.

La Educación Integral de la Sexualidad (EIS) se define como el:

“proceso educativo que permite enseñar y aprender los aspectos cognitivos, emocionales, físicos y sociales de la sexualidad, para preparar a las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes, adultos con conocimientos, habilidades, actitudes y valores que los empoderen para desarrollar su personalidad con bienestar y dignidad, atendiendo con propiedad sus relaciones sociales y sexuales, así como mantener una actitud respetuosa de las diversidades y ejerciendo sus derechos sexuales y derechos reproductivos a lo largo de la vida.”

La Resolución se aplicará, con la transversalización de la Educación Integral de la Sexualidad (EIS) a todas las áreas de formación pedagógica en todos los Niveles y Modalidades del Subsistema de Educación Básica en:
01.   Las instituciones y centros educativos oficiales dependientes del Ejecutivo Nacional, Estadales, Municipales, y de los entes descentralizados.
02.   Las instituciones educativas privadas del territorio nacional.

Señala la Resolución que el MPP para la Educación, “… debe formar a los actores del hecho educativo (docente, administrativo, obrero, familia y comunidad) en Educación Integral de la Sexualidad (EIS); quienes contribuirán a construir el sistema de indicadores, así como la elaboración del instrumento de recolección de datos y al análisis de los mismos, con el fin de evaluar su impacto. (Artículo 8).

Finalmente se indica que “El Estado, a través del Órgano con competencia en materia de educación básica, garantiza la inclusión, permanencia y prosecución de estudios de las adolescentes en estado de gravidez dentro de la institución educativa, en todo el período de su gestación y nacimiento de la niña o niño; la directora o el director, las y los docentes junto a un equipo multidisciplinario, deberán asegurar el envío de actividades académicas y la recepción de las mismas, en cada una de las áreas de aprendizaje, mediante el apoyo de algún familiar para el proceso evaluativo de la o el estudiante, a fin de realizar la evaluación correspondiente al momento pedagógico.” (Artículo 10).

Para mayor detalle, se sugiere consultar el texto completo de la mencionada Resolución, a través del siguiente enlace:
http://spgoin.imprentanacional.gob.ve/cgi-win/be_alex.cgi?Documento=T028700035174/0&Nombrebd=spgoin&CodAsocDoc=2448&Sesion=244564055

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