La justicia de los tres centavos

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En Venezuela la justicia no solo es tardía, sino que cuando llega no resarce los derechos afectados. Este es el caso del estado Amazonas, que demandó indemnización de daños y perjuicios y después de una década, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó un pago irrisorio.

En agosto de 1998, la Gobernación del estado Amazonas y la firma personal Constructora Wilyavi suscribieron un contrato de obra para la construcción del Complejo Social Educacional de la Urbanización Monseñor Segundo García, en Puerto Ayacucho. La construcción de la obra tendría una duración de cinco meses. Sin embargo, en 2006, después de ocho años, la Gobernación rescindió el contrato por incumplimiento de la constructora, tanto por la no ejecución de la obra como por el tiempo transcurrido.

La Gobernación notificó a la constructora su decisión, así como el lapso para que reintegrara las cantidades de dinero adelantadas y demás indemnizaciones por el incumplimiento en la ejecución de la obra. Sin embargo, la empresa hizo caso omiso.

En vista de ello, en 2007 la Gobernación interpuso una demanda de indemnización por daños y perjuicios contra Constructora Wilyavi y la aseguradora Nuevo Mundo Internacional, C.A., por la cantidad de 18.710.045,02 bolívares, equivalentes a 8.700 dólares a la tasa oficial vigente en ese entonces, más intereses moratorios, indexación y costas procesales.

No fue sino hasta diez años después, en 2017, cuando la Corte de la Contencioso Administrativo declaró parcialmente favorable la demanda y condenó a la Constructora Wilyavi F.P al pago de daños y perjuicios. Sin embargo, la Corte eximió a la aseguradora Nuevo Mundo Internacional de su obligación de indemnizar.

Debido a que la sentencia resultó parcialmente contraria a las pretensiones procesales del estado Amazonas, se sometió a consulta de la Sala Político Administrativa (SPA). En 2019 esta revocó parcialmente el fallo consultado y determinó que Nuevo Mundo International C.A. no se encontraba exenta de pago. Así, se condenó a Nuevo Mundo Internacional a pagar solidariamente al estado Amazonas 18.710.045,02 bolívares (previos a la reconversión de 2008 y 2019) y cuyo valor equivale actualmente (junio de 2021) a 0,19 bolívares soberanos.

Si bien la SPA ordenó indexar esa cantidad, aplicando los índices del Banco Central de Venezuela (BCV), desde la fecha de admisión de la demanda en diciembre de 2007 hasta la publicación del fallo de la Corte Contencioso Administrativa (revisado por la SPA) en junio de 2017, el monto ajustado por inflación básicamente se convirtió en nada, pues durante varios años del período en cuestión el BCV no reflejó la realidad inflacionaria, en particular la hiperinflación que comenzó a desarrollarse en el país en noviembre de 2017 y que se mantiene luego de tres años.

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