La inadmisibilidad de la demanda de remoción de tutor cuando la interdicción no está firme y no se ha designado el tutor definitivo

CONFLICTO DE COMPETENCIA

Sala: de Casación Civil

Tipo De Recurso: Casación

Sentencia N° RC.000348    Fecha: 31-05-2017

Caso: Demanda interpuesta por ÁLVARO SALVADOR DE ARMAS DÁVILA contra RICARDO DE ARMAS DÁVILA.

Decisión: Se declara sin lugar el recurso de casación contra la sentencia dictada el 13 de agosto de 2015, por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Extracto:

La acción de remoción del tutor sólo puede proponerse en los casos en que existiera un tutor definitivo, el cual sólo puede tener lugar cuando el fallo que declare la interdicción haya adquirido fuerza de cosa juzgada formal, mas no cuando el mismo carezca de firmeza por encontrase sujeto a medios legales de gravamen o impugnación como lo es el caso de marras.”

Comentario de Acceso a la Justicia: La sentencia ratifica el criterio de la Sala sobre la inadmisibilidad de la demanda de remoción de tutor cuando la interdicción no está firme y no se ha designado el tutor definitivo.

Fuente:  http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/mayo/199503-RC.000348-31517-2017-16-178.HTML

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