Leopoldo López no puede apelar sin la publicación de su sentencia

El 10 de septiembre de 2015, la jueza provisional Susana Barreiros del Tribunal 28 de Juicio del Área Metropolitana de Caracas dictó su sentencia en contra Leopoldo López, condenándolo a 13 años y 9 meses, 7 días y 12 horas de presidio por ser culpable de los delitos de instigación pública, daños a la propiedad, incendio intencional y asociación para delinquir, por los hechos violentos sucedidos en Caracas el 12 de febrero de 2014.

Esta sentencia fue dictada, en un ambiente de alta tensión, por la importancia del procesado y la relevancia internacional que ha tomado este asunto, a las 9:40 pm. Sin embargo, según la ley hasta que no sea publicada no hay siquiera la posibilidad de apelar en contra de ella. Es decir, Leopoldo López no tiene derecho a una segunda instancia, por ahora.

Según el Código Orgánico Procesal Penal, la jueza tiene 10 días hábiles para publicar su decisión desde que pronuncia su veredicto, pero el 24 de septiembre de 2015, fecha en que venció este lapso, no lo hizo. El problema más grave es que para que empiecen a transcurrir los 10 días para publicar debe haber “despacho” (el tribunal debe abrir al público), y como no lo ha hecho, el lapso antes mencionado siquiera ha empezado a correr.

Así, técnicamente la jueza no ha infringido la norma, pero igualmente está violando el derecho constitucional al debido proceso de Leopoldo López, y en particular, su derecho a recurrir de una decisión en su contra, consagrado en el artículo 49 numeral 1 de la Constitución. Además en un Estado de derecho, la jueza incurriría en responsabilidad personalmente porque hubo un retardo injustificado (artículo 256 de la Constitución).

No queda claro si el retraso en publicar la sentencia es casual, justificado o intencional, porque en Venezuela no hay estadísticas judiciales disponibles desde 2012 (año desde el cual el Tribunal Supremo de Justicia no publica su informe anual) para comparar qué ocurre en situaciones similares en otros juicios.

Quizás el caso Leopoldo López, por su notoriedad, sólo ponga de manifiesto las enormes deficiencias de la justicia penal en Venezuela, que explican por qué nuestro país ocupa el último lugar de los 97 evaluados en esta materia por la Organización World Justice Project (ver más) consultado el 29 de septiembre de 2015), en que uno de los indicadores estudiados es precisamente el retraso procesal.

Pero, las conclusiones sobre el caso Leopoldo López por parte del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Detenciones Arbitrarias hacen pensar que puede haber en este juicio una clara intención de retraso por parte del tribunal.

A este respecto, cabe resaltar la forma en que se llevó adelante el proceso judicial según lo declarado por Seong-Phil Hong, actual Presidente-Relator del Grupo de Trabajo, (que se puede leer en la nota publicada el 18 de septiembre de 2015 en la página web del Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU), al hacerse pública la condena de Leopoldo López:

“La condena fue emitida después de un proceso judicial de 19 meses a puerta cerrada marcado por graves irregularidades, en el que no se respetó el debido proceso legal ni las garantías judiciales; no se publicaron los fundamentos de las imputaciones; no se permitió al acusado ejercer su derecho a una defensa adecuada ni se admitieron las pruebas de descargo que ofreció” (ver más) consultado el 29 de septiembre de 2015).

Para Acceso a la justicia en los dos párrafos anteriores queda claro cómo se ha llevado adelante el juicio de Leopoldo López: no ha habido debido proceso ni acceso a la justicia para Leopoldo López. De hecho, se han incumplido todas las garantías necesarias para que haya un juicio justo, lo que hace preocupante que la sentencia condenatoria no haya sido aún emitida.

¿Y a ti venezolano cómo te afecta esto?

Si eres detenido y el juez no es imparcial, puedes quedarte detenido, aunque seas inocente, sólo porque la autoridad así lo decide.

Si eres condenado, y el juez no publica tu sentencia, se retrasa tu oportunidad de defenderte en segunda instancia, por tanto ante un juez distinto que puede ser imparcial, y declararte inocente.

La administración de justicia es un servicio al ciudadano y como todo servicio, si es ineficiente o no funciona bien, lo afecta. En el ámbito penal, la consecuencia de este mal funcionamiento es más evidente, porque está de por medio la libertad e incluso de la vida de la persona, además de sus derechos.

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