Los efectos de la nulidad absoluta de una asamblea

CONTRATO

Sala: de Casación Civil

Tipo de Recurso: Casación

Sentencia Nº RC.000531              Fecha: 04-08-2017

Caso: Demanda de nulidad de asamblea interpuesta por MICHAEL EDICSON VERA FIGUEIRA contra INVERSIONES ANISTON C.A. y ERIK LÓPEZ BONET, en donde también fue interpuesta tercería por BANPLUS BANCO COMERCIAL C.A.

Decisión: Se casa de oficio y sin reenvío la sentencia dictada el 10 de diciembre de 2014, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y se declara con lugar la demanda.

Extracto:

Así pues, dado que la nulidad absoluta se verificó por la falta de consentimiento del demandante, acorde al artículo 1.346 de nuestra ley sustantiva civil, quien no firmó la venta fraudulenta objeto de este juicio de nulidad absoluta de venta, y por cuanto, lo que nace nulo o es declarado nulo, no puede derivar actos subsiguientes válidos, toda vez que deviene de un acto fraudulento verificado en perjuicio de la hoy accionante, la venta de dichas acciones también está viciado de nulidad absoluta, así como todos los actos consiguientes que se deriven de la misma por efecto cascada, pues no se puede entender que algo que nace de la ilegalidad pueda tener o derivar actos con valor jurídico posterior, con otro acto que pretende renovarlo, y así admitir, que los actos o las ventas posteriores a la declarada nula de nulidad absoluta por falta de consentimiento tenga valor alguno. Así se decide.” (Negrillas, subrayado y cursivas de la Sala)

Comentario de Acceso a la Justicia: La sentencia ratifica el criterio de la Sala sobre los efectos de la nulidad absoluta de una asamblea que incluyen la propia asamblea y los actos posteriores a ésta.

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/agosto/202010-RC.000531-4817-2017-16-523.HTML

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