Nulidad de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal

TSJ VS AN

Sala Constitucional. 

Constitucionalidad de la Ley.

Sentencia Nº 939      Fecha: 04/11/2016.

Caso: Presidente de la República Bolivariana de Venezuela solicita pronunciamiento sobre la constitucionalidad de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, sancionada por la Asamblea Nacional el 19 de julio de 2016.

Decisión: NULIDAD de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal sancionada por la Asamblea Nacional el 19 de julio de 2016. La Sala estableció:

“De lo anterior se desprende que la consulta sobre la viabilidad económica de una ley debe realizarse obligatoriamente con el Ejecutivo Nacional, previo a la sanción del texto legal, lo cual, según se desprende de la exposición de motivos, no se hizo, ya que se limitó a establecer que dicho texto normativo no tenía ningún impacto económico por no crear nuevas competencias o funciones ni la adquisición de nuevos compromisos presupuestarios y financieros, ni la creación de autoridades, entes, órganos o dependencias administrativas.

Dicha afirmación de la Exposición de Motivos debió ser planteada en la consulta obligatoria ya que no puede eximirse el órgano legislativo de cumplir con su deber de realizar la consulta, aun cuando considere que la ley que va a sancionar carece de impacto económico.

Sobre la base de las anteriores consideraciones, dado que en el presente caso está involucrado el orden público constitucional, la Sala en ejecución de sus propias decisiones y en el marco de sus competencias, conforme al artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y con fundamento en el fallo de esta Sala N.° 269/2016, de oficio declara la nulidad del acto legislativo mediante el cual se sancionó la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

De igual forma, cabe igualmente señalar que en ejercicio de la competencia contenida en el artículo 214 de la Constitución, la Sala puede pronunciarse sobre el texto de manera global y decidir perentoriamente sobre su conformidad o no con la Constitución, lo que constituye un pronunciamiento que desarrolla o delimita la lectura del alcance y contenido de los derechos fundamentales o de las normas constitucionales en general que sirven de fundamento para la declaratoria de inconstitucionalidad y, por tanto, condicionan la posibilidad de regular o desarrollar tales disposiciones normativas fuera del criterio contenido en el fallo de esta Sala. Así decide.”

Comentario de Acceso a la Justicia: La Sala Constitucional reitera, con fundamento en sus sentencias N° 808 y 814, así como en el fallo N° 108 de fecha 1 de agosto de 2016 emanada de la Sala Electoral, que el órgano legislativo se encuentra en desacato frente a las decisiones del TSJ, razón por la cual declaró la nulidad del texto de  la reforma parcial de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. Asimismo, que la Asamblea Nacional no cumplió con el procedimiento de formación de leyes de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional en la sentencia N° 269 del 21 de abril de 2016, especialmente lo referente a la viabilidad económica del proyecto de ley lo cual también implica un desacato a las decisiones de este órgano judicial. Recordemos que con el establecimiento de requisitos que no están en la Constitución para la formación de leyes, la Sala Constitucional viola el principio de separación de poderes. Del mismo modo debemos recordar que esta misma Sala no exigía ninguno de los requerimientos que ahora impone a la Asamblea donde había mayoría oficialista en evidente manifestación de parcialidad política.

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/noviembre/191897-939-41116-2016-2016-1026.HTML

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