Preguntas que se formularán en el Referendo Consultivo en Defensa de la Guayana Esequiba

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El 10/11/2023, el Servicio Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial (SAINGO) actualizó su sitio web oficial, incorporando nueve (9) números ordinarios de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana, entre los cuales se encuentra el n.° 42.746 del 31/10/2023, en cuyo sumario se aprecia -entre otros- la Resolución emanada del Consejo Nacional Electoral con el n.° 231023-0109, mediante la cual se resuelve, entre otros, dar a conocer a las venezolanas y los venezolanos, en quienes reside la soberanía intransferiblemente, conforme lo previsto en el artículo 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las preguntas que se formularán en el Referendo Consultivo en defensa de la Guayana Esequiba, para que la voluntad del pueblo se exprese el día tres (03) de diciembre de 2023; las cuales estarán estructuradas para ser respondidas con un “SI” o con un “NO”.

Sin embargo, dicho sumario no despliega la Gaceta Oficial, por lo que su contenido completo y, en consecuencia, la Resolución mencionada, no pueden ser consultados.

Como alternativa, para conocer el texto de la referida Resolución, se tiene la Gaceta Electoral n.° 1036 del 23/10/2023, en cuyo sumario se lee, como único acto publicado en la misma: “RESOLUCIÓN Nº 231023-0109, mediante la cual se resuelve, entre otros, dar a conocer a las venezolanas y los venezolanos, en quienes reside la soberanía intransferiblemente, conforme lo previsto en el artículo 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las preguntas que se formularán en el Referendo Consultivo en defensa de la Guayana Esequiba, para que la voluntad del pueblo se exprese el día tres (03) de diciembre de 2023; las cuales estarán estructuradas para ser respondidas con un “SI” o con un “NO”.

Así, en el artículo primero de la mencionada Resolución, fechada 23/10/2023, se expresan los textos de las cinco (5) preguntas a responder por las(os) electoras(es) en el referendo consultivo a celebrarse el próximo 03/12/2023, siendo las mismas del siguiente tenor:

PRIMERA: ¿Está usted de acuerdo en rechazar por todos los medios, conforme al Derecho, la línea impuesta fraudulentamente por el Laudo Arbitral de París de 1899, que pretende despojarnos de nuestra Guayana Esequiba?

SEGUNDA: Apoya usted el Acuerdo de Ginebra de 1966 como el único instrumento jurídico válido para alcanzar una solución práctica y satisfactoria para Venezuela y Guyana, en torno a la controversia sobre el territorio de la Guayana Esequiba?

TERCERA: ¿Está usted de acuerdo con la posición histórica de Venezuela de no reconocer la Jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia para resolver la controversia territorial sobre la Guayana Esequiba?

CUARTA: ¿Está usted de acuerdo en oponerse, por todos los medios conforme a Derecho, a la pretensión de Guyana de disponer unilateralmente de un mar pendiente por delimitar, de manera ilegal y en violación del derecho internacional?

QUINTA: ¿Está usted de acuerdo con la creación del estado Guayana Esequiba y se desarrolle un plan acelerado para la atención integral a la población actual y futura de ese territorio que incluya entre otros el otorgamiento de la ciudadanía y cédula de identidad venezolana, conforme al Acuerdo de Ginebra y el Derecho Internacional, incorporando en consecuencia dicho estado en el mapa del territorio venezolano?

En el segundo artículo de la Resolución, se ordena “Remitir la presente Resolución a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para que se pronuncie respecto a la constitucionalidad de las cinco (5) preguntas a formularse en el Referendo Consultivo.”, lo cual -en principio- se cumplió, según sentencia de la Sala Constitucional n.° 1469 de fecha 31/10/2023, expediente n.° 23-1081, cuyo texto no estaba disponible en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para el 11/11/2023; pero, en su ficha oficial se expresa: “Se declara: 1.- La CONSTITUCIONALIDAD DE LAS PREGUNTAS CON LAS QUE SE DESARROLLARÁ EL REFERENDO CONSULTIVO EN DEFENSA DE LA GUAYANA ESEQUIBA, QUE SE REALIZARÁ EL 3 DE DICIEMBRE DE 2023; por lo que 2.- RATIFICA constitucionalmente el contenido de las referidas interrogantes, cuyo tenor es el siguiente: …”  

Finalmente, en su tercer y último artículo se dispone “Ordenar la publicación de la presente Resolución en la Gaceta Oficial y en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela. todo ello a los efectos constitucionales, legales y reglamentarios correspondientes.

Aunque la celebración del referendo consultivo señalado puede considerarse como un acto público, notorio y comunicacional por la difusión que del mismo se ha hecho a través de medios de comunicación en señal abierta y en sitios públicos, como, por ejemplo, las carteleras de las estaciones del Metro de Caracas, se perciben deficiencias en su divulgación por los medios oficiales de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, este último por lo que concierne a la sentencia mediante la cual la Sala Constitucional declaró la constitucionalidad de las preguntas que integran la consulta, ya que, en ambos casos, no están disponibles la Resolución, ni la sentencia.

También, conviene reflexionar hasta dónde puede el resultado de la consulta coadyuvar a resolver el diferendo con Guyana de manera definitiva.

De las cinco preguntas, tal vez, la tercera y la quinta revistan mayor trascendencia, ya que, por una parte, se pretende desconocer la Jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia para resolver la controversia territorial planteada y, por la otra, crear una nueva entidad federal (el estado Guayana Esequiba) y se desarrolle un plan acelerado para la atención integral a la población actual y futura de ese territorio que incluya entre otros el otorgamiento de la ciudadanía y cédula de identidad venezolana, conforme al Acuerdo de Ginebra y el Derecho Internacional, incorporando en consecuencia dicho estado en el mapa del territorio venezolano.

La Gaceta Electoral señalada se puede consultar y descargar en/del sitio web del Consejo Nacional Electoral mediante el siguiente enlace:

http://www.cne.gob.ve/web/gacetas_electorales/gacetas/2023/gaceta_electoral_1036.pdf

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