Caracas, dieciocho (18) de diciembre de 2023
213° y 164°
RESOLUCIÓN Nº 2023-0072
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, compete al Tribunal Supremo de Justicia, la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial;
CONSIDERANDO
Que el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece el derecho que tiene toda persona de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, de la tutela eficaz de los mismos y la obtención de pronta decisión; con garantía de una justicia gratuita, accesible, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles;
CONSIDERANDO
Que el Artículo 9 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, establece que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia deberá crear e instalar Salas Especiales para cada una de las Salas que componen el Tribunal Supremo de Justicia, a solicitud de la Sala respectiva, cuando se acumulen, por materia, cien o más causas para que sean decididas;
CONSIDERANDO
Que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia mediante Resolución N°: 2022-0008 de fecha 14 de diciembre de 2022, creó la Sala Especial Primera para el conocimiento y decisión de expedientes que habían sido recibidos en la Secretaría de la Sala Político Administrativa hasta el mes de noviembre de 2022, y la misma se instaló formalmente en fecha 28 de abril de 2023;
CONSIDERANDO
Que en la Sala Político Administrativa están pendientes de resolución un importante número de expedientes, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, las Salas Especiales deben funcionar hasta cuando la última de las causas sea decidida;
CONSIDERANDO
Que el artículo 1° de la Resolución aprobada por la Sala Plena en fecha 14 de diciembre de 2022, mediante la cual se creó la Sala Especial Primera para el conocimiento y decisión de expedientes que han sido recibidos en la Secretaría de la Sala Político Administrativa hasta el mes de noviembre de 2022, establece que su existencia deberá prorrogarse sucesivamente, por igual período, hasta que la última de las causas que se le asignen sea decidida;
RESUELVE
PRÓRROGA DE FUNCIONAMIENTO DE LA SALA ESPECIAL PRIMERA
Artículo 1: Se establece una prórroga para el funcionamiento de la Sala Especial Primera de la Sala Político Administrativa en el período comprendido entre el 14 de diciembre de 2023 y el 14 de diciembre de 2024. En virtud de la prórroga establecida en esta norma, dicha Sala queda facultada para el conocimiento y decisión de expedientes que han sido recibidos en la Secretaría de la Sala Político Administrativa hasta el 15 de diciembre de 2023.
Artículo 2: Se designan como Magistrados y Magistradas Accidentales de la Sala Especial Primera de la Sala Político Administrativa, a los Magistrados y Magistradas Suplentes del Tribunal Supremo de Justicia: Dra. Eulalia Coromoto Guerrero Rivero, Dr. Emilio Antonio Ramos González, Dr. Luis Emilio Rondón González, Dra. Grisell de los Ángeles López de Zacarías, Dr. Juan Pablo Torres Delgado, Dra. Anabel del Carmen Hernández Robles, Dr. Edelio Isabel González Díaz, Dra. Eneida Alexandra Moreno Pérez, Dr. Silio César Sánchez Zerpa, Dr. Jaime Jesús Báez Jiménez, Dra. Janette Trinidad Córdova Castro, Dr. Juan Carlos Cuenca Vivas, Dr. Heriberto Antonio Peña, Dra. Katherine Nayarith Haringhton Padrón, Dr. Pablo Antonio Gómez, Dra. Olga Asunción Álvarez Álvarez, Dra. Jacqueline del Valle Sosa Mariño, y Dr. René Alberto Degraves Almarza.
Artículo 3: La Sala Especial Primera estará integrada por los siguientes Magistrados y Magistrada:
Magistrado doctor Malaquías Gil Rodríguez.
Magistrada Accidental doctora Eulalia Coromoto Guerrero Rivero.
Magistrado Accidental doctor Emilio Antonio Ramos González.
La Sala Especial Primera será presidida por el Magistrado doctor Malaquías Gil Rodríguez. El Secretario o Secretaria y el Alguacil de la Sala Especial constituida, serán los mismos que integran la Sala Político Administrativa ordinaria del Tribunal Supremo de Justicia.
Artículo 4: En caso de que alguno de los Magistrados y Magistradas Accidentales designados en la Sala Especial Primera, se encuentre impedido de asistir a las audiencias correspondientes en los asuntos donde fueron convocados, por razones justificadas, podrá incorporarse cualesquiera de los Magistrados y Magistradas Accidentales a los fines de cubrir la ausencia respectiva, para garantizar el normal desenvolvimiento de la administración de justicia en beneficio de los justiciables.
Artículo 5: El Presidente de la Sala Político Administrativa, con el apoyo del Secretario o Secretaria de la Sala, procederá a la asignación de las causas que deberán ser conocidas por la Sala Especial Primera. La distribución de las causas será recogida en un acta que se publicará en la Gaceta Judicial y en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.
Artículo 6: En caso de inhibición o recusación de alguno de los Magistrados o Magistradas Accidentales que conforman la Sala Especial Primera, el Presidente de la misma conocerá la incidencia. Si fuesen declaradas con lugar las inhibiciones o recusaciones, la Sala Especial Primera será constituida por cualesquiera Magistrados y Magistradas Accidentales. Cuando se inhiba o sea recusado el Presidente de la Sala Especial Primera, el expediente se reasignará y será remitido a la Sala Político Administrativa ordinaria, y el conocimiento de la incidencia le corresponderá al Vicepresidente de la misma.
Artículo 7: Las decisiones serán adoptadas por unanimidad, dictadas en nombre de la Sala Político Administrativa, pero con indicación de que corresponden a la Sala Especial Primera. Si hubiere discrepancia de opinión entre los integrantes de la Sala Especial Primera respecto de alguna causa, la misma deberá ser presentada al conocimiento y juzgamiento de la Sala Político Administrativa ordinaria.
Artículo 8: Durante la existencia de la Sala Especial Primera, cuyo funcionamiento ha sido prorrogado por la presente Resolución, el Presidente de la Sala Político Administrativa ordinaria, por conducto del Secretario o la Secretaria de la Sala, remitirá las causas para su conocimiento y decisión.
Artículo 9: El Presidente de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, queda encargado de la ejecución de la presente Resolución.
Artículo 10: Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación en Sala Plena. Se ordena la publicación de esta Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Judicial y en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia. Téngase la presente Resolución como texto íntegro para regular el funcionamiento de la Sala Especial Primera de la Sala Político Administrativa, una vez que haya sido aprobada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y haya sido efectuada la publicación correspondiente.
Comuníquese y publíquese.
Dada, firmada y sellado en el salón de sesiones de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés (2023).
LA PRESIDENTA,
GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
PRIMER VICEPRESIDENTE, SEGUNDO VICEPRESIDENTE,
EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ HENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
LOS DIRECTORES Y LAS DIRECTORAS,
MALAQUIAS GIL RODRÍGUEZ CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
LOS MAGISTRADOS Y LAS MAGISTRADAS,
LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON BÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
FANNY MÁRQUEZ CORDERO JOSE LUIS GUTIÉRREZ PARRA
CARMEN MARISELA CASTRO GILLY CARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ INOCENCIO A. FIGUEROA ARIZALETA
LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS CARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
TANIA D´ AMELIO CARDIET JUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
ELIAS RUBÉN BITTAR ESCALONA MICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
EL SECRETARIO,
JOHN ENRIQUE PARODY GALLARDO
Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/informacion/resoluciones/sp/resolucionSP_0003946.html