Sala Social usa como referencia un valor ajustable para condenar indemnizaciones por accidente de trabajo

JUSTICIA

Sala: Casación social

Tipo de recurso: Casación

Materia: Laboral

Fecha: 23 de abril de 2019

Sentencia N°: 072

Expediente Nº: 18-329

Ponente: Marjorie Calderon

Caso: Productos Efe, S.A

Decisión: CON LUGAR el recurso de casación; SE ANULA el fallo recurrido.

Extracto:

“ i) Referencias pecuniarias estimadas por el Juez para tasar la indemnización que considera equitativa y justa para el caso concreto: Como se ha visto, el accidente ocasionó en el trabajador como consecuencia la reconstrucción de menisco medial más condroplastia por ablación de la articulación patelofemoral de rodilla izquierda, que le origina al trabajador una Discapacidad Parcial Permanente (34%), en ese sentido la Sala considera en el presente asunto como retribución justa por el accidente de trabajo acaecido, la cantidad de doscientos (200) salarios mínimos decretados por el Ejecutivo Nacional vigentes para la fecha de la ejecución.”

Comentario de Acceso a la Justicia: La Sala de Casación Social del TSJ, cambia la forma de condenar conceptos no cuantificados por el actor, en el presente caso la indemnización por daño moral, y no condena al pago de un monto fijo, reconociendo indirectamente que es inservible establecer condenas por monto fijo en hiperinflación, por lo que usa como referencia un valor ajustable como lo es el salario mínimo. Así, se abre la puerta para que los actores en juicio, estimen los conceptos o indemnizaciones demandados ya no a través de montos fijos sino referidos a un valor ajustable, como el salario mínimo legal.

Voto salvado: no tiene

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scs/abril/304594-0072-23419-2019-18-329.HTML

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