Siguen los levantamientos a la suspensión temporal de la aplicación de normas tributarias dictadas por 7 concejos municipales del país

RETARDO PROCESAL

Sala: Constitucional

Tipo de Recurso: Nulidad

Materia: Derecho Tributario

Nº Exp.: 19-0333

Sentencia: 0007

Ponente: Arcadio Delgado Rosales

Fecha: 11 de febrero de 2021

Caso: Sentencia N° 0250 del 8 de agosto de 2019,  admitió la demanda de nulidad interpuesta, conjuntamente con amparo cautelar, por el ciudadano JUAN ERNESTO GARANTÓN HERNÁNDEZ, actuando en nombre propio, contra la Ordenanza Municipal N° 001-19, publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria N° 8.824 del 11 de abril de 2019, denominada “Reforma de la Ordenanza de Creación de las Unidades de Valores Fiscales en el Municipio Chacao del Estado Miranda” y la Ordenanza N° 008-09, publicada en la Gaceta Oficial N° 8.847 Extraordinaria del 19 de junio de 2019, denominada “Reforma de la Ordenanza sobre Convivencia Ciudadana del Municipio Chacao”, dictadas por el Concejo Municipal del Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda; en dicho fallo, acordó el amparo cautelar solicitado y, en consecuencia, suspendió los efectos jurídicos de las ordenanzas impugnadas, por cuanto en dichas ordenanzas se establece la creación de unidades de valor fiscal tributaria y sancionatoria anclada en un mercado cambiario distinto al regulado por el Banco Central de Venezuela y no contemplada en el Título VI, Capítulo II ni en el Título IV, Capítulo IV de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Decisión: LEVANTA la suspensión de 90 días decretada mediante decisión 0078 del 07 de julio de 2020, sobre los instrumentos normativos dictados por los concejos municipales de: Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua; Municipio Libertador del Estado Carabobo; Municipio Tucupita del Estado Delta Amacuro; Municipio Sucre del Estado Sucre; Municipio Pampanito del Estado Trujillo; Municipio Baruta del Estado Miranda y Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui.

Extracto: No está disponible en la página web del TSJ

Comentario de Acceso a la Justicia: La suspensión por 90 días dictada por el juez constitucional contra las normas tributarias emanadas por los municipios y los estados en sus respectivos espacios geográficos según sentencia 78 del 7 de julio de 2020, como ha alertado Acceso a la justicia se trata de la más grave violación a la autonomía en materia económica de las mencionadas entidades, concretamente la autonomía tributaria.

Y aun cuando se desconoce el contenido de la sentencia 7 -por su falta de publicación en la página web del TSJ- que decide levantar la suspensión de 90 días sobre los instrumentos tributarios emanados de los concejos municipales de 7 municipios del país, entre ellos el municipio Baruta del estado Miranda, debe quedar claro se trata una grosera arbitrariedad del juez constitucional que violenta la autonomía tributaria que tienen las entidades municipales.

Por lo expuesto, la sentencia 7 se suma a la práctica de violaciones emprendida por el TSJ sistemáticamente contra la Constitución, especialmente respecto al Estado federal, con el ánimo no solo de profundizar el centralismo que viene imponiéndose en Venezuela, sino también con la finalidad de desplazar y desmantelar el poder municipal, cada vez más afectado frente al denominado “poder comunal” fomentado desde el Gobierno nacional, y el cual, siempre debemos recalcarlo, no está en la Constitución.

Voto Salvado: No tiene.

Fuente: http://www.tsj.gob.ve/es/web/tsj/decisiones#

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