Luego de más de un año pandemia y sin que se haya tomado medida alguna para compensar a los pequeños y medianos propietarios arrendadores, que son los mayormente afectados por esta decisión (mucho de ellos pensionados y por tanto dependientes de estos alquileres), aparece en la Gaceta Oficial No. 42.101 del 07/04/2021, se publicó el Decreto No. 4.577, la suspensión, por un lapso de seis (06) meses, del pago de los cánones de arrendamiento de inmuebles de uso comercial y de aquellos utilizados como vivienda principal, a fin de aliviar la situación económica de los arrendatarios y arrendatarias por efecto de la pandemia mundial del coronavirus COVID-19.
Este nuevo Decreto reproduce casi textualmente a su inmediato predecesor (Decreto No. 4.279 del 02/09/2020, publicado en la Gaceta Oficial No. 41.956 del 02/09/2020); sin embargo, a diferencia de este último, ha sido dictado en base a los Decretos mediante los cuales se dictó y prorrogó el Estado de Excepción de Emergencia Económica (Decreto No. 4.396 del 26/12/2020 (G.O. No. 6.606 Extraordinario del 26/12/2020) y Decreto No. 4.440 del 23/02/2021 (G.O. No. 6.615 Extraordinario del 23/02/2021), respectivamente), en lugar de un Decreto que establezca Estado de Excepción de Alarma a consecuencia de la pandemia generada por el Coronavirus Covid-19, lo cual se interpreta en el sentido que, para el 07/04/2021 (fecha de emisión y publicación de este nuevo Decreto), se había agotado la vigencia del Decreto No. 4.448 del 28/02/2021, publicado en la Gaceta Oficial No. 6.618 Extraordinario del 28/02/2021, cuya existencia se conoció por la sentencia del TSJ-SC No. 0034 del 17/03/2021, Expediente 21-0135. .
La Gaceta Oficial No. 42.101 del 07/04/2021, se puede consultar en el sitio web en el SAINGO a través de su sitio web oficial:
Asimismo, en ejecución del Decreto antes reseñado y sin que haya dictado medida alguna a favor de los pequeños y medianos propietarios, a quienes se les ha relegado totalmente, en la Gaceta Oficial No. 42.108 del 16/04/2021, difundida por el SAINGO el 21/04/2021, se publicó la Resolución emanada del MPP para Hábitat y Vivienda con el No. 011, en fecha 10/04/2021, mediante la cual se suspenden:
01. De manera especial y excepcional el pago de los cánones de arrendamientos de inmuebles utilizados para vivienda principal hasta el 07 de octubre de 2021.
02. La aplicación del artículo 91 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, relativo al desalojo de inmuebles bajo contrato de arrendamiento, por un lapso de seis (6) meses, contados a partir de la publicación del Decreto No. 4.577 de fecha 07/04/2021.
Esta nueva Resolución, dictada a consecuencia de los efectos económicos negativos derivados de la pandemia generada por el Coronavirus Covid-19, con fundamento en el referido Decreto No. 4.577, de fecha 07/04/2021, publicado en la Gaceta Oficial No. 42.101 de esa misma fecha, reproduce, salvo por lo que respecta a sus particularidades propias, lo previsto en su predecesora inmediata, la Resolución emanada del precitado Despacho con el No. 032, fechada 09/09/2020, publicada en la Gaceta Oficial No. 41.971 del 23/09/2020, vigente hasta el 02/03/2021.
El siguiente enlace posibilita consultar en el sitio web oficial del SAINGO la Gaceta Oficial en la cual se publicó esta nueva medida: