Suspensión del ejercicio de funciones de la policía del municipio Miranda del estado Zulia

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En la Gaceta Oficial No. 42.260 del 22/11/2021, difundida por el Servicio Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial (SAINGO) a través de su sitio web oficial el 01/12/2021, se publicó, entre otros, el texto de la Resolución emanada del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz con el No. 0167, en fecha 22/11/2021, mediante la cual:

01.   Se ordena el inicio del Procedimiento de Suspensión del ejercicio de las funciones de policía al Cuerpo de Policía del municipio Miranda del estado Zulia.

02.   Se designa la Junta de Suspensión, la cual estará integrada por Fretzer Eduardo Borges Yánez (C.I. No. V- 8.755.750); Raúl Manuel Mejías Contreras (C.I. No. V-11.690.398) y Nuzcar Madeleine Rodríguez Materano (C.I. No. 19.428.770).

03.   Se determinan las funciones de la Junta de Suspensión.

04.   Se establece un lapso de treinta (30) días continuos para que la Junta de Suspensión lleve a cabo el procedimiento de Suspensión del ejercicio de las funciones de policía al Cuerpo de Policía del municipio Miranda del estado Zulia.

La entrada en vigencia de la referida Resolución se fijó a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela; su ejecución se encarga al Viceministerio del Sistema Integrado de Policía del MPP para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, el cual deberá notificar sobre el proceso de suspensión ordenado al alcalde o alcaldesa del Municipio Miranda del Estado Zulia y su texto completo se puede consultar mediante el enlace siguiente:

http://spgoin.imprentanacional.gob.ve/cgi-win/be_alex.cgi?Documento=T028700037322/0&Nombrebd=spgoin&CodAsocDoc=2727&Sesion=155150167

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