Tarifas de las Estaciones Recaudadoras de Peajes por Categorías de Vehículos a Nivel Nacional

PEAJE

En la Gaceta Oficial 42.493 del 28/10/2022, se publicó, entre otros, el texto de la Resolución emanada del MPP para el Transporte con el n.° 051, en fecha 26/10/2022, mediante la cual se establecen las tarifas por categorías de vehículos a nivel nacional de las estaciones recaudadoras de peajes, con vigencia a partir del 15/11/2022.

Conforme a lo establecido en la referida disposición, mediante la misma, el mencionado Despacho regula lo relativo a las tarifas de las estaciones recaudadoras de peajes en las vías nacionales y, en tal sentido, se dispone que las Gobernaciones y/o entes públicos descentralizados a los cuales sea encomendada la administración de estaciones recaudadoras peajes, cobraran las tarifas vigentes establecidas por este Despacho, que se describen a continuación:

TARIFAS POR CATEGORÍAS DE VEHÍCULOS A NIVEL NACIONAL
TIPOTARIFA
LIVIANOSBs. 3,00
MICROBÚSBs. 5,00
VEHÍCULO DE CARGA LIVIANABs. 10,00
VEHÍCULO DE CARGA PESADA 2 EJESBs. 35,00
VEHÍCULO DE CARGA PESADA 3 EJESBs. 40,00
VEHÍCULO DE CARGA PESADA 4 EJESBs. 45,00
VEHÍCULO DE CARGA PESADA 5 EJESBs. 50,00
VEHÍCULO DE CARGA PESADA 6 EJESBs. 70,00

Se insta a las máximas autoridades de las Gobernaciones y entes públicos descentralizados, a los cuales les sea otorgada la administración de las estaciones recaudadoras de peajes, a garantizar el efectivo cumplimiento de lo establecido en esta Resolución. (Artículo 3 de la Resolución).

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Resolución, por parte las Gobernaciones y/o entes públicos descentralizados a los cuales les sea otorgada la administración de las estaciones recaudadoras de peajes, traerá como consecuencia la terminación de la encomienda correspondiente, en cuyo caso el MPP para el Transporte de manera inmediata tomará el control y la administración de la estación recaudadora de peaje respectiva. (Artículo 4 de la Resolución).  

Todo lo no previsto en esta Resolución será resuelto por el Ejecutivo Nacional, por órgano del MPP para el Transporte. (Artículo 5 de la Resolución).

Se deroga la Resolución n.° 002 de fecha 08/01/2015, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 40.577 de fecha 09/01/2015. (Artículo 6 de la Resolución).

Paulatinamente, se han venido actualizando tasas, tarifas, aranceles (registrales, notariales, consulares), penas pecuniarias, peajes, que corresponden a servicios públicos o materias reservadas al Poder Público Nacionales o estableciendo parámetros de referencia que permiten a los mismos actualizarse automáticamente. En cuanto a las estaciones de peajes, tal como se ha comentado antes, se han generado muchas expectativas de contar con servicios diversos en las mismas o en sus alrededores, lo cual, en principio, justificaría estas actualizaciones de tarifas pero, inexorablemente, terminarán repercutiendo en los costos y precios de servicios de transporte de personas y cargas.

El siguiente enlace permite consultar y descargar la Gaceta Oficial en la cual se publicó la Resolución aquí referida:

http://spgoin.imprentanacional.gob.ve/cgi-win/be_alex.cgi?Documento=T028700040474/0&Nombrebd=spgoin&CodAsocDoc=3134&Sesion=307226441

Artículos más recientes →

GRACIAS POR SUSCRIBIRTE