Es bien sabido que el Poder Judicial tiene como práctica habitual posponer los derechos de los ciudadanos, y más si estos son exigidos al Estado. Te contamos el caso de un grupo de extrabajadores de Exxon Mobil que no han visto satisfechas sus reclamaciones laborales desde 2007 como consecuencia de la expropiación que en dicho año realizara el entonces presidente Hugo Chávez.
Dado que nunca fueron respondidos tales reclamos, a pesar de haber transcurrido más de quince años, el 7 de julio de 2021 un grupo de extrabajadores de la empresa presentó un escrito de amparo constitucional por la falta de respuesta del Gobierno nacional a los reclamos de prestaciones y otros pasivos laborales, debido a la deuda laboral que adquirió el Estado luego de que en 2007 el expresidente Chávez expropiara los activos de la mencionada empresa estadounidense.
Ante el amparo, la Sala de Casación Social (SCS) del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió su decisión el 18 de agosto de 2022, más de un año después de la interposición del recurso, que por ser un amparo debió haberse decidido en días. Al respecto, señaló que los accionantes, al momento que intentaron el amparo, tenían la oportunidad de ejercer el recurso contencioso administrativo de abstención o carencia, razón por la cual mal podían interponer la acción de amparo constitucional y, por ende, lo declaró inadmisible. Ello a pesar de que, de haberlo querido, por estar presentes elementos de orden público, como son los derechos constitucionales violados, la SCS pudo recalificar la acción y darle continuidad al proceso, como ha hecho en otros casos, pero prefirió utilizar este tecnicismo por encima del fondo del asunto para desestimar el recurso.
Así, una vez más, la SCS desaprovechó la oportunidad para hacer justicia, y prefirió decantarse por un aspecto de forma, vulnerando la tutela judicial efectiva y dejando a los trabajadores en indefensión, tras dieciséis años de falta de respuesta del Gobierno nacional sobre sus pretensiones laborales.
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