Transferencia de aeropuerto y encomienda de gestión de los peajes, ambos ubicados en Barinas, a entes del Ejecutivo nacional

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Siguiendo de manera implacable el guión de no aceptar la voluntad del soberano y despojar a las gobernaciones en manos de la oposición de competencias y bienes, se dictaron varias decisiones que ratifican que para el Ejecutivo nacional la decisión de los votantes del estado Barinas no tiene ninguna importancia.

De este modo, en la Gaceta Oficial No. 42.293 del 10/01/2022, se publicaron, entre otros, los textos de los siguientes actos, considerados de particular interés para el estado Barinas, vigentes a partir de la fecha de publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela:

01.   Resolución del MPP para el Transporte No. 001, de fecha 07/01/2022, mediante la cual se ordena la transferencia inmediata al Ejecutivo Nacional, por Órgano de ese Ministerio, a través de la Empresa Bolivariana de Aeropuertos (BAER) S.A., ente adscrito al mismo, la administración, así como de la Infraestructura Aeronáutica Civil, con las respectivas competencias para la conservación, dirección y aprovechamiento del conjunto de sus instalaciones, bienes y servicios que sobre los mismos se ejercen, en el Aeropuerto Nacional “Luisa Cáceres de Arismendi”, ubicado en la ciudad de Barinas, en el estado Barinas.

Respecto a este particular, conviene agregar que, adicionalmente, en la Gaceta Oficial No. 42.296 del 13/01/2022, se publicó el texto de la Providencia Administrativa suscrita por el Presidente de Bolivariana de Aeropuertos (BAER), S.A., identificada con el No. BAER-0001/2022 y fechada 10/01/2022, mediante la cual se designa al ciudadano Carlos Eduardo Monsalve Salazar, titular de la Cédula de Identidad Personal No. V-17.376.676, como Gerente General del Aeropuerto Nacional “Luisa Cáceres de Arismendi”, ubicado en el estado Barinas y se le delega las atribuciones y obligaciones que en ella se especifican.

02.   Resolución del MPP para el Transporte No. 002, de fecha 10/01/2022, mediante la cual se Encomienda a la Fundación Fondo Nacional de Transporte Urbano (FONTUR), por razones técnicas y de eficacia, la administración y operación de las estaciones de peajes, así como los recaudos provenientes de la actividad recaudadora de los mismos, específicamente la del estado Barinas; a tales efectos, queda facultada para realizar todas las gestiones que en ella se especifican.

La Gaceta Oficial No. 42.293 del 10/01/2022 se puede consultar por medios electrónicos, mediante el siguiente enlace:

http://spgoin.imprentanacional.gob.ve/cgi-win/be_alex.cgi?Documento=T028700037735/0&Nombrebd=spgoin&CodAsocDoc=2788&Sesion=1681563735

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