TSJ ratifica a Alcalde interino del Municipio Páez en Apure

TSJ

Sala Constitucional.

Demanda por intereses colectivos y difusos. 

Sentencia Nº 795      Fecha: 19/08/2016

Caso: Demanda por intereses colectivos y difusos interpuesta por MARÍA SONYS COTE RIVAS y otros, actuando con el carácter de Concejales Nominales Principales al Concejo Municipal del Municipio Páez del Estado Apure y como habitantes del referido municipio contra la Alcaldesa de dicho Municipio, ciudadana LUMAY DELFINA BARRETO DE DEL ORBE”.

Decisión: Se ratificó la medida cautelar “acordada en la sentencia N° 675 el 1° de junio de 2015 y con ella, la aplicación del Acuerdo N°049-2015 del 26 de febrero de 2015, publicado en Gaceta Municipal N° 028, en el cual, se designó al ciudadano Víctor Argenis Blanco Sáez, como Alcalde encargado del Municipio Páez del Estado Apure, quien en consecuencia, continuará ejerciendo de manera plena las competencias del cargo mientras continúa el presente juicio y, por tal razón, se ordena a todas las instituciones públicas y privadas, reconoce la legítima autoridad del referido ciudadano para ejercer plenas facultades de gobierno y administración municipal, incluyendo el manejo de los fondos municipales“. Además, se suspendieron los efectos del Acuerdo N° 102-2016 el 21 de junio de 2016, mediante el cual se removió de sus funciones al Concejal VICTOR ARGENIS BLANCO SAENZ, como Alcalde encargado. Por último, se ordenó a José Rubén Colmenarez Campero el cese inmediato de las funciones de Alcalde que “ha venido usurpando desde el 21 de junio de 2016“. Por último, se impuso multa a los integrantes del Concejo Municipal del Municipio Páez del Estado Apure, “atendiendo a la gravedad de los hechos suscitados en el caso concreto“.

Como motivación, la Sala señaló que:

… el Concejo Municipal del Municipio Páez del Estado Apure se encuentra incumpliendo la medida cautelar dictada por esta Sala 1° de julio de 2015, lo cual, constituye un evidente desacato susceptible de sanción… que afecta gravemente el carácter ejecutorio de las sentencias, en cuanto a garantía básicas de toda Administración de Justicia y, al mismo tiempo, a la institucionalidad y la garantía de juridicidad a la cual se encuentran sometidos los particulares y el propio Estado.

Efectivamente, uno de los presupuestos básicos del Estado Social de Derecho y de Justicia es la sumisión de todos los particulares, así como de las instituciones del Estado, al sistema judicial del cual este Tribunal es la cúspide, y dicha sumisión se extiende al acatamiento de los decidido, pues el cumplimiento y ejecución de las sentencias, forma parte tanto del derecho a la tutela judicial efectiva, como de los principios de seguridad jurídica y estabilidad institucional, y su quebrantamiento, vulnera las bases mismas del Estado“.

Entonces, la medida tomada por la Sala fue dictada por “la trascendencia de lo ocurrido en el presente expediente, donde se está afectando el normal desenvolvimiento del Poder Ejecutivo Municipal y con ello, la actividad de la Alcaldía del Municipio Páez del Estado Apure, con la consecuente afectación a los habitantes de dicho ente político territorial“.

Comentario de Acceso a la Justicia: La decisión tomada por la Sala sanciona a un grupo de Concejales opositores por destituir al Alcalde interino del Municipio Páez del estado Apure, Víctor Blanco; quien fue designado luego de que el Concejo Municipal removiera a Lumay Barreto, alcaldesa electa, por supuesto abandono del cargo. Esta sentencia podría legitimar una violación al debido proceso en el caso de la remoción de la ex alcaldesa Barreto y otro ataque contra la oposición venezolana.

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/agosto/190382-795-19816-2016-15-0215.HTML

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