Valor de la transacción extrajudicial homologada por el Inspector del Trabajo

JUSTICIA

Sala: de Casación Social

Tipo de Recurso: Casación

Nº Sent: 335                                      Fecha: 24-04-2018

Caso: Gilberto José Soto Moreno y otros contra Hotel Tamanaco, C.A.

Decisión: CON LUGAR el recurso de casación. Anula el fallo recurrido. Parcialmente con lugar la demanda interpuesta.

Extracto:

Por último, los demandantes GILBERTO J. SOTO MORENO y ANIVAL J. GONZÁLEZ JIMÉNEZ, suscribieron transacciones extrajudiciales que fueron debidamente homologadas por el Inspector del Trabajo competente sin que aquéllos ―los peticionarios― pidieran la nulidad, ante los tribunales laborales, de los contratos transaccionales por alguna de las causales del art. 1.142 del Código Civil, ni accionaran de nulidad los actos administrativos de homologación emitidos por la Administración Pública del Trabajo (sentencia nº 955 de fecha 23 de septiembre de 2010, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia), por lo que los conceptos incluidos en dichos documentos tienen fuerza de cosa juzgada y el impedimento de volver a decidir sobre los mismos, por lo que solo se resolvieron las pretensiones de salarios mínimos, bono «único», aumentos convencionales y horas extraordinarias.”

Comentario de Acceso a la Justicia: La Sala Social ratifica que la transacción realizada por ante un órgano administrativo podría ser atacada ante los tribunales laborales, por alguna de las causales del art. 1.142 del Código Civil, o solicitar la nulidad del acto administrativo de homologación emitido por la Administración Pública del Trabajo.

Voto Salvado: No tiene

Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scs/abril/209926-0335-24418-2018-17-830.HTML

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