Cese de circulación de billetes del cono monetario Bolívar Soberano

CONO MONETARIO

A través de las redes sociales y algunas fuentes no oficiales, se conoció que en la Gaceta Oficial n.° 42.952, de fecha 29/08/2024, se imprimió el texto de la Resolución emanada del Directorio del Banco Central de Venezuela (BCV), en la misma fecha señalada, identificada con el n.° 24-08-01.

Conforme a lo señalado y reproducido por las referidas fuentes, la resolución contiene los siguientes artículos:

Artículo 1.- Los billetes del cono monetario identificado como Bolívar Soberano, emitidos por el Banco Central de Venezuela, con denominaciones de Bs. 10.000; Bs. 20.000; Bs. 50.000 y Bs. 200.000, circularán hasta el 25 de septiembre de 2024, fecha a partir de la cual perderán su poder liberatorio.

Artículo 2.- Los billetes y las monedas de las denominaciones iguales e inferiores a Bs. 200.000 emitidos por el Banco Central de Venezuela pertenecientes al cono monetario identificado como Bolívar Soberano, podrán ser depositados ante las instituciones bancarias del sistema financiero hasta las quince (15) horas del día 30 de septiembre de 2024, a efectos de su acreditación en cuentas en tales instituciones.

Artículo 3.- Las instituciones bancarias del sistema financiero nacional que posean existencias de billetes y monedas del cono monetario identificado corno Bolívar Soberano de las denominaciones mencionadas en los artículos precedentes, deberán proceder de acuerdo con dispuesto en el Reglamento sobre la Acuñación, Impresión, Emisión, Circulación, Canje y Destrucción de Especies Monetarias.

Artículo 4.- La presente Resolución entrará en vigencia en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

El referido cono monetario, identificado como “Bolívar Soberano” estuvo en vigencia entre agosto de 2018 y octubre de 2021; reemplazó al cono monetario denominado “Bolívar Fuerte” y fue sustituido por el cono monetario vigente a la fecha, denominado “Bolívar Digital”, aunque -según se interpreta- tales denominaciones se han considerado temporales, puesto que una vez se estabilizaron los cambios propios de las reconversiones o actualizaciones monetarias que los generaron, la moneda nacional ha debido pasar a denominarse simplemente “bolívar”.

Aunque el ciudadano común se maneja desde hace casi tres años con esta dualidad de cono monetario, se interpreta con acertada la medida.

Respecto al tema aquí tratado, la fuente Banca y Negocios publicó su reseña, la cual puede consultarse por medios electrónicos mediante el siguiente enlace:

https://www.bancaynegocios.com/billetes-de-10-20-50-y-200-mil-del-bolivar-soberano-circularan-hasta-el-25sep

Al momento, la mencionada Gaceta Oficial no está disponible en el sitio web oficial del Servicio Autónomo Imprenta Nacional (SAINGO), ya que la actualización del mismo no incluyó su número y no se ha podido ubicar en el del Banco Central de Venezuela (BCV).

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