La persecución sostenida del gobierno de Nicolás Maduro, a través del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a diputados de la Asamblea Nacional inició a finales de 2015 con las sentencias que dejaron a 4 parlamentarios de Amazonas fuera del Poder Legislativo. Las decisiones del Poder Judicial, que luego han sido replicadas por la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente (ANC), arreciaron después del 30 de abril de 2019 cuando el presidente del Parlamento y presidente encargado, Juan Guaidó, desplegó la Operación Libertad y llamó nuevamente a la Fuerza Armada Nacional (FAN) a sumarse a la lucha por la transición política.
Sin embargo, en abril de 2019, el TSJ allanó la inmunidad parlamentaria de Juan Guaidó bajo el argumento de que el diputado quebrantó las medidas cautelares que le prohibían la salida de Venezuela.
Luego de la Operación Libertad, que el régimen de Maduro calificó como un golpe de Estado, el primero de los diputados procesado de forma inconstitucional fue el primer vicepresidente del Parlamento para el período 2019, Edgar Zambrano, quien fue recluido en Fuerte Tiuna sin que se le garantizarán sus derechos a la defensa y al debido proceso. Tras permanecer casi cuatro meses detenido, el legislador fue liberado el 17 de septiembre de 2019, en el marco de un cuestionado proceso de negociación que la administración de Maduro mantuvo con fuerzas opositoras minoritarias y sin representación parlamentaria.
Con el caso de Zambrano, el TSJ inició la lista de acusaciones por delitos en una falsa flagrancia; hasta la fecha no hay pruebas en su contra ni contra ningún otro diputado. Las acusaciones recurrentes contra los diputados opositores se basan en los delitos de traición a la patria, conspiración, instigación a la insurrección, rebelión civil, concierto para delinquir; usurpación de funciones e instigación pública a la desobediencia de las leyes y el odio continuada, previstos y sancionados en los artículos 128, 132, 143, 145, 163, 213, 285, del Código Penal, respectivamente.
Por su parte, el delito de asociación se encuentra previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
En mayo de 2019, el TSJ y la fraudulenta constituyente allanaron la inmunidad parlamentaria a 14 diputados más, quienes fueron acusados de los mismos delitos imputados al diputado Zambrano. El patrón que sigue el régimen para estos procedimientos a la carta representa un engranaje que involucra también al Ministerio Público.
La Asamblea Nacional, en un acuerdo aprobado el 7 de mayo de 2019, señaló que “el gobierno, que aparentó reconocer resultados de las elecciones de diciembre de 2015, en la práctica decidió desconocer la voluntad popular y, enseguida, nombraron unos magistrados exprés que tenían la misión de ejecutar el desconocimiento de la voluntad popular”.
Acceso a la Justicia quiere advertir que la persecución política y el encarcelamiento de los diputados claramente configuran un crimen de lesa humanidad, de acuerdo con el Estatuto de Roma. Con las decisiones sobre los diputados de la AN, la Sala Plena (SP) del TSJ se basó en una sentencia de la Sala Constitucional del 4 de noviembre de 2008, según la cual si hay delito de traición a la patria el juicio se debe llevar ante el TSJ, pero a la vez insiste a en que los diputados sean juzgados ante los tribunales ordinarios, complaciendo el dictado del gobierno.
Asimismo, Acceso a la justicia registra 131 sentencias contra el Poder Legislativo y ratifica que el allanamiento de la inmunidad parlamentaria se ha querido ver como un procedimiento ajustado a derecho cuando, por el contrario, viola la Constitución y las leyes penales. En este sentido, no solo no ha pasado por la aprobación de la Asamblea Nacional, sino que además se remiten los procedimientos a los tribunales ordinarios.
Desde diciembre de 2015 hasta marzo de 2020, un total de 29 diputados fueron el blanco de decisiones judiciales del Tribunal Supremo que los condujeron a la cárcel, el exilio, a resguardarse, tener una libertad condicionada o refugiarse en sedes diplomáticas. La organización Súmate denunció que el TSJ y la ANC han dejado sin representantes en el Parlamento a los ciudadanos de 11 municipios y 7 parroquias del país. Por su parte, desde el propio Parlamento se asegura que son 67 los legisladores que han sufrido algún tipo de medida.
En lo que va de 2020 cinco legisladores han sufrido en carne propia la persecución del Gobierno. El primero fue Ismael León, suplente de José Guerra, quien fue en enero pasado detenido a su salida de una reunión en la sede del partido Acción Democrática (AD) en Caracas, pero excarcelado con medidas cautelares tres días después. Por su parte, el 10 de marzo Zandra Castillo, Ángel Torres y Renzo Prieto fueron aprehendidos agentes de las Fuerzas de Acciones Especiales de la Policía Nacional (FAES) en el hotel de Caracas donde se hospedaban a la espera de participar en una sesión parlamentaria. Los dos primeros fueron liberados horas después, pero Prieto, quien ya estuvo preso por cuatro años, no corrió la misma suerte. De igual forma, la lista de diputados detenidos arbitrariamente se incrementó con la medida privativa de libertad dictada contra el diputado Antonio Geara, quien fue detenido sin orden judicial por el SEBIN el día 14 de marzo.
Prieto se sumó, junto a Gilber Caro, al grupo de legisladores que han sido privados de libertad nuevamente.
La guerra a los diputados fue denunciada por la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los derechos humanos, Michelle Bachelet, quien advirtió, el 4 de julio de 2019, que después de que la oposición ganó la mayoría de los curules del Parlamento, en diciembre de 2015, se incrementó la represión selectiva de la oposición política y han arreciado las restricciones al limitado espacio democrático del país.
“Las leyes y reformas legislativas han facilitado la criminalización de la oposición y de cualquier persona crítica al Gobierno mediante disposiciones vagas, aumentos de sanciones por hechos que están garantizados por el derecho a la libertad de reunión pacífica, el uso de la jurisdicción militar para personas civiles, y restricciones a las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) para representar a víctimas de violaciones”, señaló el informe de la ONU.
La criminalización sistemática e intencional de los diputados de la Asamblea Nacional, quienes representan al pueblo, evidencia que en Venezuela existen claras manifestaciones de una dictadura.
El régimen de Nicolás Maduro pregona un supuesto respeto al pueblo, pero anula al Poder Público que los ciudadanos eligieron, mediante el voto universal, directo y secreto, el 6 de diciembre de 2015. Es de recordar que en estos comicios participaron 14 millones 385 mil 349 electores.