La Sala Constitucional, en el mismo día de un paro cívico nacional por la grave crisis que vive el país, dictó su sentencia Nº 545 de este año, en que anuló el procedimiento de designación de los 13 magistrados y 21 suplentes, que está llevando a cabo la Asamblea Nacional por considerar nulo el nombramiento realizado por la Asamblea Nacional saliente el 23 de diciembre de 2015. Debe aclararse que esta sentencia es muy oportuna porque la Asamblea Nacional aprobó juramentar a los magistrados el viernes 21 de julio, es decir el día después de la sentencia de la Sala, así que esta pretende impedirlo, ya que no solo anula esa decisión del Parlamento, sino que además advierte a los parlamentarios y a los magistrados que deberían ser juramentados mañana que si lo son incurrirán en usurpación de funciones, delito establecido en el artículo 213 del Código Penal.
TSJ reafirma el derecho de niños y adolescentes a ser escuchados en procesos judiciales
En los juicios sobre patria potestad, custodia, régimen familiar, adopción o cualquier otro que afecte directamente los intereses de los niños y adolescentes, los jueces están obligados a escuchar la opinión de los menores «a los … Leer más