Prorrogado hasta el 31/12/2021 el régimen especial transitorio para la gestión de la industria nacional del hierro, acero y aluminio

GACETA OFICIAL

Si hay de lo que nunca se ha dado explicación alguna es, entre otras cosas, cómo es que la industrias del hierro, del acero y del aluminio, la mayoría de las cuales funcionan en el estado Bolívar, ha quedado postradas a pesar de que todas estuvieron perfectamente operativas, y daban beneficios, al inicio de este régimen. 

En ese sentido, a la falta de explicaciones se une la ausencia de una política coherente que rescate a esas empresas y brinden oportunidades de empleo que disminuyan la posibilidad de que muchos habitantes de ese estado se vean en la necesidad de recurrir a la tragedia que es el Arco Minero del Orinoco.

La inexistencia de estas políticas públicas se confirma con la prórroga hasta el 31/12/2021 del Decreto No. 4.102, fechado 22/01/2020 a través del Decreto No. 4.426 (que constituye el Decreto No. 17 en el marco del Estado de Excepción y de Emergencia Económica del 31/12/2020) publicado en la Gaceta Oficial No. 42.058 del 29/01/2021, mediante el cual se establece un régimen especial y transitorio para la gestión operativa y administrativa de la industria nacional del hierro, acero y aluminio, confirmándose la regla según la cual en nuestro país, lo transitorio tiene vocación de permanencia.

El texto del Decreto antes referido se puede consultar en el sitio web oficial del Servicio Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial (SAINGO) mediante el siguiente enlace:

http://spgoin.imprentanacional.gob.ve/cgi-win/be_alex.cgi?Documento=T028700035089/0&Nombrebd=spgoin&CodAsocDoc=2438&Sesion=660880407

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